La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (AN) ha anulado 23 despidos en una empresa de transporte de mercancías porque entiende que ésta actuó en fraude de ley al desistir del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) promovido antes de la Reforma laboral para iniciarlo después con la nueva normativa "y beneficiarse de ella".
Actuó de manera fraudulenta al intentar cambiar de árbitro y también de reglas de juego en pleno partido En la sentencia, los magistrados entienden que la compañía, Tradisa Logicauto, "actuó de manera fraudulenta al intentar cambiar de árbitro y también de reglas de juego en pleno partido, apartándose frontalmente del procedimiento exigido por la ley".
La resolución considera probado que Tradisa Logicauto promovió el ERE ante el Departament d'Empresa i Ocupació de la Generalitat Catalana el pasado 7 de febrero, tres días antes de la entrada en vigor de la reforma laboral.
Posteriormente, la sociedad desistió y lo tramitó de nuevo ante la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, "con los mismos objetivos y circunstancias que el presentado ante la autoridad laboral autonómica", reza la sentencia.
No puede condenar a la empresa a readmitir a sus trabajadores
La intención de la empresa era huir del procedimiento administrativo y optar por el que le beneficiaba Según los jueces, la intención de la empresa era "huir del procedimiento administrativo que estaba obligada a seguir y optar por el que le beneficiaba, pues, al aplicar la nueva legislación, los despidos ya no necesitaban el visto bueno de la Administración y podía efectuarlos de forma autónoma".
La Audiencia Nacional afirma que el procedimiento hubiese sido distinto si Tradisa Logicauto hubiese alegado y probado la existencia de causas nuevas que justificaran el cese y reanudación del ERE.
Así, la resolución judicial declara la nulidad de la decisión empresarial de extinguir los contratos, pero aclara que no puede condenar a la compañía a readmitir a los trabajadores, aunque éstos pueden impugnar sus despidos individualmente. En ese caso, esta sentencia, una vez firme, sí serviría para que pudiesen ser readmitidos.


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