Apag Extremadura Asaja valora como "muy positiva" la nueva normativa del registro porcino en explotaciones montaneras

La organización agraria Apag Extremadura Asaja ha valorado como "muy positiva" la nueva normativa del registro porcino en explotaciones de aprovechamiento de montaneras, que "agiliza" los trámites administrativos y reduce el coste económico para los ganaderos que no superen los 350 cerdos.
Cerdo Ibérico
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EUROPA PRESS
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La organización agraria Apag Extremadura Asaja ha valorado como "muy positiva" la nueva normativa del registro porcino en explotaciones de aprovechamiento de montaneras, que "agiliza" los trámites administrativos y reduce el coste económico para los ganaderos que no superen los 350 cerdos.

El decreto 120/2012, publicado en el DOE este pasado martes, modifica la normativa anterior (Decreto 150/1999) que establecía la regulación zootécnica-sanitaria de las explotaciones porcinas en Extremadura.

"Esta modificación provoca que la normativa se acerque ahora un poco más a la realidad del campo y que los registros porcinos que se quieran solicitar para explotaciones de aprovechamientos exclusivos de montaneras sean más sencillos, más baratos y menos burocráticos para los ganaderos", ha destacado el presidente de la organización, Manuel Laparra.

Asimismo, ha recordado que el sector porcino atraviesa una "crisis profunda en los últimos tiempos" por lo que esta normativa puede ser "muy beneficiosa" para muchos productores de la región, quienes tenían que cumplimentar con anterioridad una serie de "exigencias administrativas y burocráticas" que "dispara" los gastos de los ganaderos.

CONDICIONES

"Podrán acogerse a la nueva normativa las explotaciones de montanera que utilicen un número de cerdos no superior a 350, los que cuenten con una carga ganadera inferior a un cerdo por hectárea en los periodos comprendidos entre el 1 de octubre y el 15 de abril", según ha explicado Apag Extremadura Asaja en nota de prensa.

Los aprovechamientos de montaneras, además de cumplir las normas mínimas de protección y bienestar animal, deberán disponer de un "cierre perimetral" de toda el área territorial, una "cerca de secuestro" adecuada a su capacidad, "corral de manejo" que comunique con zona de embarque y un punto de agua que garantice el abastecimiento a los animales durante todo el período de montanera.

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