Una víctima de ETA pagará 8.300 euros en costas judiciales pese a que el tribunal le da la razón

  • Daniel Portero, hijo de un fiscal asesinado por ETA, tiene que pagar 8.379 euros a los abogados, una decisión que considera "injusta".
  • "Cumpliré. Pero quiero recalcar que he tenido 95 juicios contra ETA y su entorno y siempre he ganado. Y la parte condenada siempre se declaró insolvente".
  • Portero denunció al bar Txori Barrote de Bilbao tras enterarse de que habían colgado la foto de los etarras condenados por el asesinato de su padre.
Una persona pasa junto a una pintada del logo de la banda ETA.
Una persona pasa junto a una pintada del logo de la banda ETA.
EFE
Una persona pasa junto a una pintada del logo de la banda ETA.

Daniel Portero, hijo de un fiscal asesinado por ETA, tiene que pagar 8.379 euros a abogados defensores de etarras, según una reciente sentencia del Tribunal Supremo. Portero, presidente de la asociación Dignidad y Justicia, ha mostrado a 20minutos.es su indignación por la "injusta" decisión del Alto Tribunal, que aunque le da la razón matiza también que no se ha podido encontrar a los autores materiales del delito denunciado.

Por ello, Portero tendrá que pagar ahora las costas del juicio. "Lo haré. Cumpliré. Pero quiero recalcar que he tenido 95 juicios contra ETA y su entorno y siempre los he ganado. Y la parte condenada siempre se declaró insolvente". Portero trata ahora de recaudar el dinero exigido por ETA y pide ayuda y colaboración. "No pagaré directamente a los abogados proetarras, sino que intentaré consignar el dinero en el Supremo para que sea este quien pague".

Todo empezó cuando Portero denunció al bar Txori Barrote de Bilbao. Se había enterado de que habían colgado la foto de los etarras condenados por el asesinato de su padre. La sentencia le dio la razón en junio de 2011 y estableció una doctrina fundamental en la lucha contra ETA: no se pueden exhibir públicamente fotografías de miembros de la banda terrorista. Pero con una objeción. Hay que identificar a los autores materiales de la colocación de las fotos, no vale con culpar a los dueños del establecimiento donde se cuelgan.

El Tribunal Supremo entendió así que sí existía delito pero no autores materiales, por lo que absolvió a todos los acusados (eran cuatro, los dueños del bar) y obliga ahora a Portero a pagar las costas procesales. No todo ha sido en balde. Gracias a este juicio, se ha modificado el Código Penal en el artículo de enaltecimiento del terrorismo. Ahora los responsables del recinto donde se exhiben fotografías de miembros terroristas también pueden ser condenados. Pero ya es demasiado tarde para Portero, con una sentencia anterior al cambio de ley.

Portero ha facilitado un número de cuenta bancaria para todos aquellos que quieran ayudarle con donaciones. Es el 0072-0501-34-0000147594.

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