Condenan a un hombre a casi 4 años de prisión por cortar a otro en la cara y robarle 480 euros

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena de tres años y nueve meses de prisión impuesta a un hombre por amenazar con un cúter a otro para robarle, al que hizo un corte en la cara, consiguiendo que le entregara 480 euros. También ha ratificado la multa de 240 euros por una falta de lesiones y la indemnización en 680 euros.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena de tres años y nueve meses de prisión impuesta a un hombre por amenazar con un cúter a otro para robarle, al que hizo un corte en la cara, consiguiendo que le entregara 480 euros. También ha ratificado la multa de 240 euros por una falta de lesiones y la indemnización en 680 euros.

La sentencia fue dictada por un juzgado de lo Penal de la capital, que consideró probado que el acusado estaba en una calle de la localidad malagueña de Fuengirola, vio a la víctima y con el objetivo de "obtener un ilícito beneficio" se le acercó por la espalda "amedrentándolo con un cúter".

Así, según la sentencia, le exigió que le diera lo que llevaba "causándole con el objeto un corte en la cara" y logrando que el perjudicado le entregara 480 euros. Por esto, se le condenó en primera instancia por un delito de robo con violencia y por una falta de lesiones.

La resolución fue recurrida en apelación por la defensa, al alegar error en la valoración de la prueba, en concreto la declaración de una testigo, "existiendo serias dudas en cuanto a la autoría", aunque la Sala, a través de una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, ha rechazado el recurso.

En dicha resolución, el Tribunal de apelación explica que las manifestaciones de la víctima son "coherentes y persistentes" y reconoció al acusado como autor del robo tanto por fotos como en una rueda de reconocimiento y en el juicio, indicando que era alguien "que ya conocía".

Así, la Sala ha insistido en que la valoración de las pruebas ha llevado al juez que juzgó el caso a considerar "verosímil" y "digno de total credibilidad" el testimonio de la víctima "frente a las cambiantes y poco creíbles versiones del propio acusado sobre los hechos".

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