El rescate de la banca española conllevará una serie de condiciones por parte de Europa a nuestras entidades. Cada vez son más las voces que exigen, por ejemplo, el cierre de entidades problemáticas (como pidió hace unos días la UE).
Un tema que, sin duda, puede llevar a muchos españoles a preguntarse qué ocurriría con sus cuentas corrientes, depósitos, créditos o hipotecas. En principio, los ahorros de los clientes están asegurados hasta un límite y persiste la obligación de pagar lo que deben. Desde Consumer, además, dan respuesta a varias dudas al respecto de esta hipotética situación:
Ahorros: el dinero depositado en cuentas corrientes o en depósitos está garantizado hasta un límite está en 100.000 euros por cliente y entidad. Esto bastaría para la mayoría de los ciudadanos, pero a otros no les llegaría y perderían parte de sus ahorros. Cabe recordar uno de los consejos más repetidos en los últimos tiempos, y es que, si es posible, conviene repartir el dinero en distintas entidades. Otra opción es poner varios titulares en las cuentas. Aquí surgiría un inconveniente: si el dinero es solo de uno de ellos y los otros quieren sacarlo, pueden hacerlo. Para los cotitulares también sería problemático porque deberían declarar a Hacienda un capital que realmente no es suyo.
Créditos e hipotecas: el Estado se encargaría de la liquidación. Al igual que los clientes seguirían teniendo su dinero, también deberían seguir pagando sus préstamos o hipotecas, con la única diferencia de que se lo abonarán al Estado o a la entidad que se haga cargo del banco desaparecido. Lo lógico es que se hiciera en las mismas condiciones que hasta ese momento, con idénticas comisiones, intereses, plazos y bonificaciones que las firmadas por el cliente, tanto en las hipotecas como en los préstamos.
Acciones: es posible que los que tengan dinero en acciones de la entidad pierdan todo su dinero, ya que estas carecerían de valor, salvo que fuera posible integrarlas en otra entidad que se hiciera cargo de los activos y los pasivos del banco clausurado.
Pagarés: no están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos. En el caso de los pagarés, los clientes saben que obtendrán unos intereses más elevados de los que podrían conseguir con un plazo fijo o una cuenta remunerada, pero también tienen sus riesgos. El banco emite el pagaré y el cliente se obliga a mantenerlo durante un tiempo. Finalizado este periodo recibe su dinero más los intereses que haya pactado. Pero no están respaldados por el Fondo de Garantía de Depósitos sino por la propia entidad que los emite. Por lo tanto, si esta desaparece, el cliente perdería su dinero y, al ser un acreedor del banco, ocuparía uno de los últimos lugares para recuperar sus ahorros.
Plan de pensiones: no habría riesgo de perder el dinero porque hay una separación entre el gestor del fondo de pensiones y el depositario. Si el banco cerrara, se liquidaría el fondo y se devolvería el capital a sus titulares.



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