En la sentencia, el tribunal critica la actuación del fiscal Jesús Santos, que rebajó a dos su petición inicial de doce años de prisión al estimar que esa hubiera sido prácticamente la que le correspondería por un delito de homicidio, y le recuerda que el asesinato terrorista se castiga con entre 20 y 30 años de cárcel.
Pienso cumplir lo que te dije, cabrón
Durante el juicio, celebrado el pasado jueves, Bilbao amenazó al presidente del tribunal con pegarle "siete tiros" y arrancarle "la piel a tiras" e insultó a Garzón, que compareció como testigo en la vista, hechos por los que el Tribunal acuerda deducir testimonio por si fueran constitutivos de los delitos de injurias y alteración del orden público en el acto del juicio oral, tal y como sostiene el fiscal, o de amenazas terroristas en su caso.
"Pienso cumplir lo que te dije, cabrón"; "no me olvido de ti, fascista", "estate seguro de que te voy a dar en la cabeza", le espetó también a Garzón mientras el magistrado relataba al tribunal lo sucedido en su despacho en 2003.
Estrategia para intimidar
Bilbao, que también es condenado a pagar una multa de 450 euros por una falta de daños intencionados, fue conducido el 8 de mayo de 2003 al juzgado central de instrucción número 5 de la Audiencia a fin de recibirle declaración indagatoria y al entrar en el despacho de Garzón se aproximó a su mesa y arrojó unos papeles rotos, "tratándose de los folios que contenían el auto de procesamiento que se le acababa de notificar".
Además, manifestó que no se quería quedar y que "no quería participar con un juez 'cobarde y fascista'", le reiteró las amenazas que ya le había efectuado en otra ocasión y procedió a dar un puñetazo sobre la mesa, "rompiendo una reproducción de la 'Cruz de Caravaca' que se encontraba sobre la mesa de Garzón, a quien el procesado deberá indemnizar "en la cantidad en que se tasen los daños ocasionados".
Amenaza para que los jueces no puedan desempeñar sus funciones libremente
Para el Tribunal estos hechos constituyen un delito de amenazas que "al parecer se enmarcan en una estrategia ideada por el acusado para intimidar y violentar a los jueces y magistrados ante los que comparece" y fueron reiteradas a lo largo del juicio "con la finalidad de que no puedan desempeñar sus funciones libremente y con la serenidad de ánimo que tales actuaciones requieren".
Respecto a la actuación del fiscal, la sentencia señala que el fiscal redujo su petición de pena de doce años y siete meses a dos años de prisión por coherencia con una sentencia anterior de la misma sala y por proporcionalidad de la pena cuando "esa pretendida desproporción de la pena a la que alude (..) no es tal".
En lo que se refiere al silencio del acusado en el juicio la sentencia afirma que ello y su actitud de indiferencia y desprecio hacia su enjuiciamiento es "un elemento más de corroboración de un dato suficientemente acreditado, que no es otro sino la realidad de las amenazas vertidas".


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