El personal fijo con oposición tendrá prioridad ante los despidos en las administraciones

Despido
Un trabajador recoge sus pertenencias en un despacho. (GTRES)
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  • En los despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. 
  • El cambio procede de una de las doce enmiendas del PP a la Reforma Laboral.
  • El texto anterior habilitaba el despido pero sin establecer un orden preferente.

El PP ha presentado una docena de enmiendas a la reforma laboral a su paso por el Senado, entre las que figura una para que el personal laboral fijo que haya aprobado un proceso selectivo tenga prioridad de permanencia en los procedimientos de despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.  

En su texto original, la reforma habilitaba el despido por las causas anteriormente citadas para el personal laboral de las Administraciones Públicas, pero sin establecer un orden de preferencia en los despidos.

Personal fijo con oposición

En el despido por causas económicas se mantiene la necesidad de una "insuficiencia presupuestaria" Ahora el Grupo Popular establece que, en estos procesos de despido, tendrá prioridad de permanencia el personal laboral fijo que hubiera adquirido esta condición de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, a través de un procedimiento selectivo de ingreso convocado al efecto, "cuando así lo establezcan los entes, organismos y entidades" afectadas.

La enmienda no altera el resto del texto referido a los despidos del personal laboral de las Administraciones Públicas, de manera que, en el caso de las causas económicas, se mantiene que para acogerse a ellas se necesitará que exista una situación de insuficiencia presupuestaria "sobrevenida y persistente", entendiendo que será persistente si dicha insuficiencia presupuestaria se produce durante tres trimestres consecutivos.

Las lagunas de cotización no serán tan rentables

Otra de las enmiendas del PP al texto de la reforma laboral es la introducción de una disposición adicional nueva que afecta a la reforma de pensiones aprobada en 2011.

 Con esta enmienda, el grupo conservador pretende que deje de ser más rentable presentar lagunas de cotización en los casos de incapacidad permanente y jubilación que incorporar periodos ya cotizados, pues lo contrario supone introducir "elementos distorsionantes" en el sistema.

Así, en ambos casos, se detalla en la enmienda que si, al calcular la base reguladora de estas prestaciones, aparecen meses donde no hubiese existido la obligación de cotizar, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento, y el resto de mensualidades con el 50% de dicha base mínima.

Novedad en los centros y entidades de formación

En otra de sus enmiendas, el PP aclara que los centros y entidades  de formación a los que la reforma laboral habilita, por primera vez, a participar en el diseño y planificación del subsistema de formación profesional para el empleo deberán estar debidamente acreditados "a través de sus organizaciones representativas del sector".

En el texto original se requería acreditación a estos centros formativos, pero sin especificar quién debía atestiguarla.

Apoyo a los autónomos y bonificaciones para contratos en prácticas

Por otra parte, se introduce un nuevo elemento en este artículo en cuestión para que se tengan en cuenta, en el subsistema de formación profesional, las necesidades específicas de los trabajadores autónomos y de las empresas de la economía social "a través de sus organizaciones representativas", en un claro guiño a las asociaciones de trabajadores por cuenta propia.

Las enmiendas abordan las bonificaciones por convertir en indefinidos los  contratos en prácticas, de relevo y de sustitución Las enmiendas del PP también 'tocan' las bonificaciones por convertir en indefinidos contratos en prácticas, de relevo y de sustitución.

El grupo introduce que estas bonificaciones podrán ser de aplicación tanto a las empresas que transformen en indefinidos contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, como a los contratos de relevo o sustitución por anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración.

En el texto aprobado inicialmente, la reforma no precisaba que estas bonificaciones podrían concederse a los contratos en prácticas que al término de su duración inicial o prorrogada se convirtieran en indefinidos. Otra diferencia respecto al proyecto original es que los trabajadores contratados bajo esta modalidad ya no serán objetivo prioritario en los planes de formación para personas ocupadas.

El PP entiende que "no tiene mucho sentido" que sea así si se tiene en cuenta que muchos de los contratados, sobre todo en el caso de los contratos de prácticas, suelen ser licenciados o tener un máster.

Límite a la deducción por contratar desempleados

El PP también ha aprovechado el trámite de enmiendas en el Senado para aclarar cuál es el límite de la deducción de la que podrán beneficiarse las empresas que concierten con desempleados perceptores de la prestación contributiva el nuevo contrato de apoyo a los emprendedores.

Las empresas podrán deducirse del Impuesto de sociedades la mitad del menor de los importes de la prestación del trabajadorEn concreto, se especifica que estas empresas podrán deducirse de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades el 50% del menor de los siguientes importes.

El importe de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación o el importe correspondiente a 12 mensualidades de la prestación por desempleo que tuviera reconocido el trabajador contratado.

Esta deducción se podrá aplicar en aquellos contratos realizados en el periodo impositivo hasta alcanzar una plantilla de 50 trabajadores y siempre que, en los 12 meses siguientes al inicio de la relación laboral, se produzca, respecto de cada trabajador, un incremento de la plantilla media total de al menos un efectivo respecto a la existente en los 12 meses anteriores.

En sus enmiendas, el PP pretende también corregir el "desfase" de los periodos de extensión de vigencia para los convenios ya denunciados a la fecha de la entrada en vigor de la reforma laboral y los denunciados con posterioridad, de tal forma que el plazo de un año máximo de vigencia que se fija en la ley empezará a contar a partir de la entrada en vigor de la reforma.

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Evolución
1
Avatar de Evolución
Evolución, 08.06.2012 - 16.17h

    "Si al calcular la base reguladora de estas prestaciones, aparecen meses donde no hubiese existido la obligación de cotizar, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento, y el resto de mensualidades con el 50% de dicha base mínima".

    ¿Eso es legal? Uys como está cambiando el cuento. Alguien que tiene una incapacidad todavía no declarada oficialmente, pero que la tiene en marcha, evidentemente le va a costar trabajar, y mucho. En su vida tendrá períodos sin cotizar por ese motivo. Mira, con un único mes en tu vida laboral sin cotizar la que te espera.

    Entonces deberemos estar sanos hasta los 67 para cotizar para todos los habitantes de todos los demás países. ¿Serán jóvenes siempre esta gente? Qué bestias. A lo mejor lo he entendido mal, pero es jodida esa medida.

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    yayi..
    2
    Avatar de yayi..
    yayi.., 08.06.2012 - 16.49h

      Lógico.No me van a comparar a mí, por ejemplo, que entré porque estudié y me privé de muchas salidas y cachondeos, cuando éramos todos contra todos -a nivel nacional las plazas- con los que entran ahora a dedo -libre designación, lo llaman, jejejeje- , incluso diría que los que entran en "consolidación de plazas por la Comunidad Autónoma se incluyen también... jajajjaa... he estado de vigilante en una de ésas de la Comunidad y la gente es tan mala que decían que el examen corría por los Servicios... Claro, seguro que los mal pensados decían eso porque como la presidenta del Tribunal estaba en el mismo Centro de trabajo y con información privilegiada puesssss...

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      z00m
      3
      Avatar de z00m
      z00m, 08.06.2012 - 16.58h

        offside!!

        Por más que leo la noticia y ante tanto tecnicismo enmarañado me pierdo en las definiciones

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        xr1100
        4
        Avatar de xr1100
        xr1100, 08.06.2012 - 17.30h

          Lo de ser funcionario y vivir del cuento se le va a acabar a mas de uno.

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          soyotro
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          Avatar de soyotro
          soyotro, 08.06.2012 - 17.32h

            tener siempre presente,el espiritu de sacrificio que implica la funcion publica!.algo que se olvida con frecuencia y que tiene su valor.

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            6 Comentario oculto Leer comentario
            red4ever
            6
            Avatar de red4ever
            red4ever, 08.06.2012 - 17.51h

              Pues una gilipollez como la copa de un pino. Todos saben que , al menos en los hospitales, etc...los que tienen plaza se rascan los huevos a dos manos y a los contratados e interinos los tienen com a negros, machacaos, sin cobrar carrera profesional y todos los suplementos que tienen estos despotas. Muchos con plaza se merecen la patada en el culo desde hace mucho tiempo

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