Las 10 claves de una 'amnistía fiscal' por la que el Gobierno espera ingresar 2.500 millones

Una oficina de Hacienda, en una imagen de archivo.
Una oficina de Hacienda, en una imagen de archivo.
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Una oficina de Hacienda, en una imagen de archivo.

El Gobierno las llama Medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público. Pero desde que el ministro Montoro anunció su plan se las ha denominado "amnistía fiscal" porque permitirán regularizar capitales hasta ahora ocultos a la Hacienda pública, a cambio de pagar un 10% del total defraudado, y sin tener que pagar una sanción tributaria ni ser denunciado por fraude fiscal.

El reglamento que desarrolla la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012 se ha publicado este lunes en el BOE y ha aclarado algunas dudas relativas al plazo para reconocer estos capitales opacos a la Agencia Tributaria, a la cantidad que el Gobierno espera recaudar con la medida, a quiénes pueden presentar esta "declaración tributaria especial", así como el modelo que se utilizará para declarar las cantidades previamente ocultadas al fisco.

Estas son las 10 claves fundamentales de una amnistía que el Gobierno defiende como necesaria para reducir el déficit, pero que los técnicos de Hacienda critican por su posible "ilegalidad" y que el PSOE ya ha recurrido ante la Justicia.

¿Quién puede presentar la declaración?

La Orden publicada este lunes en el BOE concreta que pueden acogerse a esta amnistía "los contribuyentes del IRPF, del Impuesto de Sociedades o los no residentes" que sean titulares de bienes y derechos no declarados a la Hacienda española. Todos estos bienes y derechos deberán haberse adquirido con anterioridad al 31 de diciembre de 2010 y pueden corresponder tanto a personas físicas como jurídicas.

¿Qué tipo de bienes se regularizarán?

Los bienes y derechos que afloren con esta 'amnistía fiscal' pueden ser cantidades en efectivo, inmuebles, bienes y derechos afectos a actividades económicas, depósitos en cuentas bancarias, valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, valores representativos de la participación en fondos propios en una compañía... o cualquier otro tipo de bienes y derechos que no fueran declarados en anteriores declaraciones del IRPF, del Impuesto de Sociedades, o del Impuesto sobre la Renta de no-residentes.

¿Qué porcentaje pagará el 'amnistiado'?

La valoración de los bienes y derechos se realizará por su "valor de adquisición". Y sobre el total de la cantidad reconocida se aplicará un 10% de gravamen. El resultado de la aplicación de este porcentaje será la cuota a ingresar. Se deberá también incorporar de forma anexa la información necesaria para que Hacienda pueda identificar y localizar estos bienes y derechos.

¿Y si es dinero en efectivo?

Si la cantidad no declarada corresponde simplemente a dinero en efectivo, bastará con que el contribuyente demuestre que lo poseía antes del 31 de diciembre de 2010 y que ingrese el importe correspondiente en una cuenta corriente de España, de la Unión Europea, o de cualquier otro país del Espacio Económico Europeo con el que exista un convenio que evite la doble imposición internacional. Este dinero líquido declarado también tributará al 10%.

¿Cómo debe presentarse?

El Gobierno ha diseñado el modelo 750 específicamente para la autoliquidación de esta declaración. Este documento de ingreso tan solo podrá presentarse de forma telemáticaa través de Internet—y el BOE detalla el formato que deben seguir los ficheros electrónicos. De forma adjunta, el modelo D-750 recogerá la información ampliada de los bienes declarados; por ejemplo, la localización y catastro de los inmuebles, la tipología del bien afecto a una actividad economica o el número de la cuenta bancaria donde está depositado el dinero.

¿Hay un plazo límite?

Sí. La Declaración Tributaria Especial solo podrá presentarse hasta el 30 de noviembre de este año, un plazo que se fija "tanto para la declaración inicial como para las declaraciones complementarias que puedan efectuarse con posterioridad".

¿Se conocerán los bienes declarados?

No. El Gobierno asegura a las personas físicas y jurídicas que opten por presentar este modelo 750, que los datos que contenga tendrán "caracter reservado". Y se fundamenta jurídicamente citando el artículo 95 de la Ley 58/2003, donde se establece que "los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado y sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos".

¿Y si el Constitucional tumba la amnistía?

El artículo 5. de la Orden publicada en el BOE aclara que "sobre la cuantía ingresada no serán exigibles sanciones, intereses ni recargos", por lo que indirectamente se legaliza un delito fiscal previo. Sin embargo, esta medida alerta a los técnicos de Hacienda. Según explica la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) a la agencia Efe, si prospera el recurso a esta orden ministerial que presentó el PSOE ante el Constitucional, las personas que se hubieran acogido a esta amnistía quedarían en una situación de inseguridad jurídica. Este interrogante, según IHE, podría ahuyentar al contribuyente que pretendía reconocer sus bienes opacos, por temor a quedar 'al descubierto' por una sentencia contraria del Constitucional.

¿A quién beneficia la medida?

Aparte de a las arcas del Estado —se recaudará un 10% de los bienes que ahora se declaren y que permanecían ocultos a Hacienda— los inspectores alertan de que la amnistía para el dinero en efectivo "abre la puerta para seguir defraudando". Y también advierten que se beneficiarán aquellas personas que necesiten blanquear dinero procedente de actividades delicitivas. Además, aseguran desde IHE, esta amnistía desincentivará el cumplimiento tributario del resto de contribuyentes. Quien no podrá beneficiarse, sin embargo, será aquel que ya esté inmerso en un proceso de investigación o sanción tributaria.

¿Qué pretende el Gobierno con la medida?

Según recordaba en marzo el ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, la propia OCDE recomienda este tipo de amnistías en países con dificultades económicas. "Son medidas difíciles para tiempos difíciles y si se consigue recaudar más, será positivo para todos", explicaba Montoro para justificar unos ingresos que supuestamente ayudarán a alcanzar el objetivo de déficit para España fijado por la Unión Europea. Según el Gobierno, el denominado Programa especial de regularización de activos ocultos permitirá recaudar unos 2.500 millones de euros; es decir, se estima que empresarios y particulares 'sacarán de debajo de alfombra' unos 25.000 millones de euros.

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