El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dictado una sentencia en la que condena a una empresa de limpieza del Hospital Comarcal de Blanes y a su encargado a indemnizar con 31.500 euros por los daños morales sufridos por una empleada que fue víctima de acoso laboral o 'mobbing' por parte de su superior.
Además, la empleada, que tiene la invalidez permanente, tendrá que recibir una indemnización de 14.297 por parte de la empresa ISS Facility Services por la rescinsión del contrato de trabajo, que ella misma había solicitado, a razón de 45 días por año trabajado.
Hasta ahora sólo se habían registrado fallos como este en casos de acoso sexual.
Siete años de acoso
La trabajadora presentó la demanda por acoso laboral en octubre de 2004 tras sufrir crisis de angustia desde 2001 como consecuencia de los ataques verbales de su encargado.
Según considero probado el juez, desde 1997 el encargado de la empresa, Salvador J., "mantenía una conducta de hostilidad" hacia la trabajadora.
La sentencia dice que Salvador J. mantenia una conducta y actitud hostil y excesiva hacia la víctima en que predominaba el tono elevado de voz, la reprimenda reiterada, la vigilancia constante, el control del trabajo realizado y el intento de hacerle el vacío por parte del personal de limpieza.
Abusos de autoridad
El texto añade que el encargado llegó a leer en voz alta delante de todos los trabajadores del turno de tarde una sanción de amonestación impuesta a la víctima.
En la sentencia se dice que al menos en una ocasión, la víctima salió del despacho de su superior con un estado de ansiedad y nervios que la llevó a vomitar y orinarse encima.
Esta situación le provocó finalmente la incapacidad permanente.


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