El Supremo sentencia que se puede dividir la vivienda familiar en caso de divorcio

Divorcio
Hasta ahora, la custodia compartida solo se daba por acuerdo entre las partes o a solicitud de una de ellas con apoyo del fiscal. (GTRES)
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  • El padre se instalará en la planta baja y la madre en el resto del domicilio.
  • La doctrina es que "cabe la división de un inmueble" cuando ello sea lo más adecuado para proteger el interés del menor.
  • La sentencia sienta jurisprudencia.

Como en La guerra de los Rose la vivienda familiar es uno de los peores campos de batalla de un divorcio. ¿Se puede llegar a dividir el piso en dos si los conyuges no se ponen de acuerdo? Se puede. Lo ha dicho el Tribunal Supremo, que para el caso de una pareja de Málaga ha sentenciado que es posible dividir una vivienda familiar en caso de divorcio. Y su sentencia sienta jurisprudencia.

El alto tribunal ha dado la razón a un padre divorciado que pidió dividir en dos la vivienda familiar para instalarse en la planta baja del inmueble, y ha atribuido a la madre de sus dos hijos el uso del resto del domicilio, que el matrimonio compartió durante diez años. El Tribunal Supremo ordena reponer la sentencia dictada en junio de 2009 por un juzgado de Vélez-Málaga relativa a la atribución a los hijos y al progenitor de la planta baja del inmueble, propiedad del marido.

El piso es propiedad exclusiva del marido, que lo compró antes de casarse

Anula de esta forma la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga en septiembre de 2010, que revocó la medida de dividir materialmente la vivienda familiar y atendió el recurso de apelación presentado por la madre, y atribuyó a ésta y sus hijos el disfrute en su integridad de la casa.

El Supremo ha tenido en cuenta que se trata de un inmueble de tres plantas, en el que es posible la división material y que no existe conflictividad entre los cónyuges. En este sentido, señala que el inmueble es propiedad exclusiva del marido ­(lo adquirió antes del matrimonio) y que la propuesta de división no es tal, sino "una redistribución de espacios en el inmueble que no altera su régimen", con lo que se protege el interés de los hijos menores y del propio marido.

Proteger a los hijos

De esta forma se formula la doctrina de que "cabe la división material de un inmueble en el procedimiento matrimonial" cuando ello sea lo más adecuado para proteger el interés del menor, siempre que la división es posible y útil porque las viviendas resultantes reúnan las condiciones de habitabilidad.

En los fundamentos de derecho de la Sentencia, el Supremo señala que la pareja se casó en 1999, con el régimen económico de bienes gananciales, y tuvieron dos hijos, menores de edad cuando la mujer presentó la demanda de divorcio (2009), en la que pidió además de la guardia y custodia de los niños, el uso de la vivienda conyugal, los alimentos de los hijos y una pensión compensatoria.

El padre se opuso en parte a dicha demanda y señaló que en la planta baja de la casa tenía su taller, y pidió que se le reservase el derecho de uso de esta parte del inmueble para instalar allí su vivienda.

La sentencia dictada entonces por el juzgado de Vélez-Málaga (que repone ahora el Supremo) estimó en parte la demanda y atribuyó al padre la planta baja y sótano, y ordenó que costease todas las obras necesarias para independizar ambas plantas. En su recurso, la madre argumentó que la división de la vivienda podría constituir un "ataque a la intimidad de las personas que supondría seguir habitando los ex cónyuges divorciados en el mismo inmueble en el que han habitado juntos diez años simplemente separándolos un tabique".

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69 Comentarios
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deadmau
1
Avatar de deadmau
deadmau, 01.06.2012 - 13.56h

    Si el divorcio lo llevan como personas civilizadas es una excelente solucion. Cuando la pareja se lleva a hostias esta seria la peor de las soluciones.

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    mestanti
    2
    Avatar de mestanti
    mestanti, 01.06.2012 - 13.58h

      es una autentica injusticia...

      De acuerdo que una casa, que se compra durante el matrimonio se divida entre dos....

      pero una casa, que compra EL MARIDO ANTES DE LA BODA....¿que división?

      En cualquier caso.... si se hace argumentando en base a los hijos.... en cuanto estos sean mayores de edad, la madre deberia ir a la calle.

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      3 Comentario oculto Leer comentario
      mejor así
      3
      Avatar de mejor así
      mejor así, 01.06.2012 - 13.58h

        Totalmente de acuerdo con la sentencia, en este caso.
        Ya va siendo hora de "suavizar" y no añadir problemas al duro trance.
        En este caso, repito, me parece un poco cabezona, por no decir cabrona, la postura de la otra parte.

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        4 Comentario oculto Leer comentario
        mejor así
        4
        Avatar de mejor así
        mejor así, 01.06.2012 - 14.01h

          #2 mestanti, 01.06.2012 - 13.58h
          Pues por que se trata de un bien ganancial. Les pertenece a ambos por igual. En Cataluña, si no estipulas lo contrario en las capitulaciones matrimoniales, son bienes separados.

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          5 Comentario oculto Leer comentario
          chantal lopez
          5
          Avatar de chantal lopez
          chantal lopez, 01.06.2012 - 14.02h

            Y esta medida hasta con maltratadores, alcohólicos...?

            Y las sentencias que atribuyen el domicilio familiar a uno solamente, se van a revisar?

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            6 Comentario oculto Leer comentario
            victor_elche
            6
            Avatar de victor_elche
            victor_elche, 01.06.2012 - 14.03h

              la mitad para la madre..la otra para el hijo..el padre en el sofá sin nada..y a pagar todo.Esta es la "igualdad"

              Ya no puede recibir valoraciones +14
              7 Comentario oculto Leer comentario
              mejor así
              7
              Avatar de mejor así
              mejor así, 01.06.2012 - 14.03h

                #2
                Lo tienes claro, como procedas en la vida sin informarte, antes de firmar algo.

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                8 Comentario oculto Leer comentario
                tomktl
                8
                Avatar de tomktl
                tomktl, 01.06.2012 - 14.06h

                  Sigo sin entender porque una mujer se queda con todo ¡¡y para colmo es ella la que pide el divorcio!! Luego las matan y nos preguntamos porque... miradlo así, te lo roban todo y consigues matar al ladrón. Autodefensa.

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                  9 Comentario oculto Leer comentario
                  mestanti
                  9
                  Avatar de mestanti
                  mestanti, 01.06.2012 - 14.08h

                    mejor así, 01.06.2012 - 14.01h

                    bien ganancial, es para los biene obtenidos a partir del matrimonio....no las propiedades anteruires... en cuyo nombre solo esta uno de los dos....otra cosa es que el tio modificara el titulo de propiedad y en la escritura aparezca el nombre de los dos... entonces si... pero segun publican la noticia estos de 20 minutos, no es así...

                    En cualquier caso,a pesar de esto, yo soy favorable a los acuerdos prematrimoniales para evitar este tipo de cosas en caso de separación....si una de las personas se niega a firmar, es que claramente va a lo que va....

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                    mejor así
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                    Avatar de mejor así
                    mejor así, 01.06.2012 - 14.10h

                      #5 chantal lopez, 01.06.2012 - 14.02h

                      No, siempre. Cada caso tiene un tratamiento. Si tienes paperas, no te van a recetar lo mismo que si tienes ladillas.
                      La principal misión del juez es "aplicar" la ley, en base al derecho positivo o las distintas fuentes de derecho, en ausencia del mismo. Pero, siempre prevalece su criterio, que nunca se debe apartar del derecho (lo que se llama,: aplicar el espíritu de la regla, in dubio pro reo, etc...)
                      Lógicamente, dividir un piso que no reune las condiciones y el que la separación no se produce "de facto", no tendría sentido.

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