IU aspira a incluir la obligación de autonómicas en solitario en la reforma de la Ley Electoral pactada con PSOE-A

IULV-CA aspira a incluir la obligación de que las elecciones autonómicas se celebren en solitario y nunca coincidan con otros comicios en la reforma de la Ley Electoral recogida en el acuerdo político programático cerrado con el PSOE-A de cara a la nueva legislatura.

IULV-CA aspira a incluir la obligación de que las elecciones autonómicas se celebren en solitario y nunca coincidan con otros comicios en la reforma de la Ley Electoral recogida en el acuerdo político programático cerrado con el PSOE-A de cara a la nueva legislatura.

Según han informado a Europa Press fuentes de la federación de izquierdas, su objetivo es garantizar que la convocatoria de elecciones autonómicas por separado quede consagrada en la nueva norma dado que la experiencia demuestra que, hasta los últimos comicios, la opción preferida por los socialistas es la coincidencia con las generales.

De hecho, el programa de IULV-CA para el pasado 25M incluía un apartado relativo a la reforma de la Ley Electoral de Andalucía que, entre otras modificaciones, apostaba por "resaltar la dimensión de las elecciones autonómicas, impidiendo que puedan coincidir con ninguna otra convocatoria electoral".

El acuerdo programático con los socialistas no hace una referencia expresa a la convocatoria de elecciones autonómicas en solitario, sino que se limita a recoger el compromiso de "abordar la reforma de la Ley Electoral al objeto de mejorar la proporcionalidad en la representación parlamentaria", a cuyo fin se constituiría "un grupo de trabajo que determine las posibilidades y límites de dicha reforma en el segundo periodo de sesiones".

La celebración de los comicios autonómicos de forma separada es una exigencia tradicional de IULV-CA, que de hecho ha planteado en el Parlamento andaluz en varias legislaturas, aunque hasta ahora siempre encontraba la oposición del PSOE-A con el argumento de no condicionar la potestad exclusiva del presidente de la Junta para fijar la fecha electoral.

El artículo 14 de la vigente Ley Electoral de Andalucía establece que "la convocatoria de elecciones al Parlamento se efectuará mediante Decreto del presidente de la Junta, que será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA)" y únicamente regula que el decreto "fijará la fecha de la votación, que no podrá estar comprendida entre los días 1 de julio a 31 de agosto, y la de la sesión constitutiva del Parlamento, que tendrá lugar dentro de los 25 días siguientes al de la celebración de las elecciones".

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