Condenan a Medio Ambiente por autorizar la Concentración Parcelaria de 'Pozuelo II' sin evaluar el impacto ambiental

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL ha acordado la condena en costas a la Consejería de Medio Ambiente al apreciar "temeridad" en su conducta, ya que tardó dos años en resolver el Recurso de Reposición presentado en nombre de la Asociación para la Defensa del Paisaje 'El Cigüeñal' contra la Resolución de 17 de diciembre de 2009 de la Delegación Territorial en Zamora, por la que se hace pública la decisión motivada de no someter a Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) la Concentración Parcelaria de la Zona de 'Pozuelo de Tábara II' en Zamora.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL ha acordado la condena en costas a la Consejería de Medio Ambiente al apreciar "temeridad" en su conducta, ya que tardó dos años en resolver el Recurso de Reposición presentado en nombre de la Asociación para la Defensa del Paisaje 'El Cigüeñal' contra la Resolución de 17 de diciembre de 2009 de la Delegación Territorial en Zamora, por la que se hace pública la decisión motivada de no someter a Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) la Concentración Parcelaria de la Zona de 'Pozuelo de Tábara II' en Zamora.

Tal y como han recordado mediante una nota de prensa 'Eco Urban abogados', en el año 2008, el alcalde de Pozuelo de Tábara y Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería en Zamora, Isidro Tomás Fernández, remite a la Delegación Territorial de la Junta, un primer borrador de propuesta de Resolución de no sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental de la concentración parcelaria de Pozuelo de Tábara II.

Esta resolución, según han informado, es publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León con fecha de 11 de agosto de 2008, "sin esperar a que las diferentes secciones del Servicio Territorial de Medio Ambiente, administraciones y asociaciones pudiesen emitir sus preceptivos informes" en la fase de consultas previas, lo cual "obligó" a la Asociación para la Defensa del Paisaje 'El Cigüeñal' a presentar un primer Recurso de Reposición, que fue estimado parcialmente en el año 2009.

Sin embargo, en el Boletín Oficial de Castilla y León de 11 de enero de 2010 nuevamente se publica por Resolución de 17 de diciembre de 2009, la no necesidad de someter a EIA el proyecto de concentración parcelaria de Pozuelo de Tábara II.

Por tanto, han recordado que tiene como único aval el informe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería en Zamora, pese a contar con hasta tres informes favorables redactados por la Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas, la Sección de Vida Silvestre y por el Área de Gestión Medioambiental e Hidrología de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero, "los cuales se pronuncian sobre la necesidad de sí someter la concentración parcelaria a EIA, por tratarse de una zona con un gran valor ecológico, paisajístico y medioambiental".

En febrero de 2010 la Asociación para la Defensa del Paisaje 'El Cigüeñal' presenta un segundo Recurso de Reposición insistiendo en la necesidad de someter a EIA la concentración parcelaria, ya que la decisión de no sometimiento únicamente es respaldada por el alcalde de Pozuelo de Tábara y Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería en Zamora, Isidro Tomás Fernández.

La demora en la resolución del recurso planteado en vía administrativa en febrero de 2010, obligó a la Asociación a recurrir judicialmente la desestimación por silencio.

La Administración Autonómica únicamente inicia los trámites para resolver en vía administrativa el recurso planteado, prácticamente transcurridos dos años, una vez que la Asociación para la Defensa del Paisaje 'El Cigüeñal' presenta su escrito de demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Este hecho, junto con los antecedentes descritos, ha motivado que la Sala haya apreciado una conducta temeraria que permite imponer las costas del proceso judicial a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, auto que ha adquirido firmeza y cuya publicación para el debido cumplimiento se ha llevado a cabo en el Boletín Oficial de Castilla y León del pasado 23 de Marzo de 2012.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento