Metro pide hasta cinco años de cárcel para los que tiraron de los frenos de emergencia

  • La Policía Nacional ha detenido a tres de los presuntos autores.
  • Les considera responsables de un delito consumado de desórdenes públicos con el agravante de haber actuado en grupo.
  • La compañía reconoce, sin embargo, que no hubo daños materiales ni personales, lo que reduciría en gran medida las penas.
  • La Comunidad equipara la protesta contra el 'tarifazo' a la kale borroka.
Un usuario de Metro en la estación de Avenida de Guadalajara.
Un usuario de Metro en la estación de Avenida de Guadalajara.
Jorge París
Un usuario de Metro en la estación de Avenida de Guadalajara.

Metro de Madrid interpuso este jueves una denuncia contra los autores del boicot que este miércoles detuvo durante algunos minutos 13 convoyes de nueve líneas de Metro en hora punta. Mediante el escrito, presentado ante el juzgado de guardia de Plaza de Castilla, Metro solicita una pena de hasta cinco años de cárcel para los activistas por considerarles responsables de un delito de desórdenes públicos.

La compañía pública cree que debe aplicarse al "sabotaje" el artículo 557 del Código Penal, que establece penas de prisión de seis meses a tres años para quienes alteren el orden público causando lesiones, daños en las propiedades, u obstaculicen las vías públicas o los accesos de manera peligrosa para los usuarios. Asimismo, cita el punto segundo del artículo 560, que especifica un endurecimiento de la pena -esta se puede elevar de uno a cinco años de cárcel- si se causa un "grave daño" a la circulación ferroviaria.

Metro considera que los autores deben ser condenados por un delito consumado a pesar de que la detención coordinada de los trenes se llevó a cabo cuando estos estaban detenidos y sin que se registrase ningún tipo de incidente o daño personal o material a los viajeros o en las infraestructuras, según admitió la propia compañía. Las consecuencias de la acción se limitaron a retrasos en las líneas afectadas de entre 5 y 10 minutos.

En caso de que el no aprecie consumación del delito de desórdenes públicos, Metro cree que la condena debe ser por un delito en grado de tentativa. Tal y como recoge el artículo 62 del Código Penal, la sanción sería entonces uno o dos grados inferior "atendiendo al peligro inherente al intento y al grado de ejecución alcanzado".

Entre la multa y la cárcel

Metro cree que el objetivo del grupo 'Paremos el Tarifazo' era "lograr, a través de una acción colectiva en grupo, un grave perjuicio al servicio ferroviario, perjudicando a los viajeros y perturbando la paz pública", situación que evitó "la intervención de Metro y de la pericia de sus conductores".

Según técnicos de Metro, el protocolo de seguridad establece que la labor de los conductores cuando se activa un freno de emergencia consiste en abandonar la cabina, revisar el punto de activación -un dispositivo en cabina alerta de cuál ha sido el botón activado- y reiniciar el sistema del convoy para desbloquearlo. Así lo hicieron los operarios de los trenes afectados antes de reanudar la marcha.

A efectos penales, el hecho de que esta haya sido una acción organizada es determinante. Alicia Rodríguez, profesora titular de Derecho Penal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), explica que la actuación en grupo supondría entre seis meses y tres años de cárcel, siempre en su mitad inferior por no haberse producido daños.

En caso de haber sido una acción individual, estaría regulada por el artículo 559, existiendo multa pero no pena de prisión. Un particular también podría demandar a los autores en caso de poder demostrar que el retraso le ha supuesto daños irreparables.

30.000 euros de sanción

El vicepresidente y portavoz del Gobierno regional, Ignacio González, equiparó este acto a los de vandalismo o la kale borroka, señalando que los propios convocantes de la acción "amenazan" con repetirla, según las notas enviadas a los medios de comunicación.

Por ello, además de la vía penal, Metro quiere seguir también la vía administrativa. Metro de Madrid puede optar por abrir a cada uno de los implicados un expediente que, a continuación, remitirá al Consorcio Regional de Transportes, órgano habilitado para resolverlo.

Según el reglamento de Metro, que remite al artículo 293 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, el uso injustificado de los sistemas de detención de emergencia acarrea multas de entre 30,05 y 516,87 euros.

Ahora bien, a última hora de este miércoles el Consorcio explicó que esta normativa ha sido derogada y actualizada por la Ley de Ordenación del Sector Ferroviario, que eleva las sanciones a 6.000 euros en su cota más baja y hasta los 30.000 euros para incidentes graves. En el caso de este miércoles, el bloqueo de los trenes no conllevó ningún tipo de daño, lo que haría que nunca se aplicase la sanción máxima.

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