Un juzgado de Madrid pide al Constitucional que se pronuncie sobre la reforma laboral

Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional. (EUROPA PRESS)
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  • Se trata del Juzgado de lo Social número 30 de Madrid.
  • Cree que la reforma vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva de los trabajadores frente al despido injustificado.

El juez José Ángel Folguera Crespo, adscrito al Juzgado de lo Social número 30 de Madrid, ha elevado una cuestión de inconstitucionalidad sobre la reforma laboral aprobada por el Gobierno del PP a raíz del caso de tres trabajadores de la empresa Enjarolla S.L. de Valdemoro que fueron despedidos por causas disciplinarias y que recurrieron a los tribunales por entender que sus despidos eran realmente improcedentes.

En el auto, Folguera duda de que esté justificado el vehículo elegido para aprobar la reforma, un Decreto Ley, para el que se exigen razones de extraordinaria y urgente necesidad (artículo 86.1 de la Constitución).

Las dudas del juez nacen, sobre todo, de la nueva regulación de los salarios de tramitación El juez también argumenta su cuestión de inconstitucionalidad en la posible vulneración de la tutela judicial del trabajador frente al despido (artículo 24 de la Carta Magna), del derecho a la igualdad (artículo 14) y del derecho constitucional a la asistencia y prestaciones sociales, especialmente en desempleo (artículo 41).

Salarios de tramitación

Las dudas del juez sobre la constitucionalidad de esta norma surgen, sobre todo, a raíz de la nueva regulación que da la reforma a los salarios de tramitación —el salario que el trabajador deja de percebir mientras se tramita el proceso judicial sobre, por ejemplo, su despido, sólo abonables en los casos en los que, tras declararse improcedente el despido, el empresario opte por readmitir al trabajador.

El juez cree que se desincentiva la readmisión del trabajadorSi, por el contrario, opta por indemnizarle, el trabajador no tiene derecho a percibir los salarios de tramitación, pero si ha acumulado derechos suficientes podrá acceder a las prestaciones por desempleo, sin que el empresario se haga cargo de ellas.

"Es la transferencia al empresario de la opción de abonar o no salarios de tramitación y los términos de tal atribución lo que constituye el objeto de la presente cuestión de inconstitucionalidad", expone el juez.

Ventaja para el empresario

El auto cuestiona la supresión de los salarios de tramitación, ya que esta medida supone una "peculiar bonificación" para el empresario, que ya no tiene que indemnizar al trabajador despedido en el periodo que va desde la extinción de la relación laboral hasta la declaración de la improcedencia del despido.  Añade que sustituir los salarios de tramitación por las prestaciones por desempleo, que permite al empresario eludir estos pagos "opera como elemento manifiestamente desincentivador de la readmisión".

Como consecuencia de esto, se vulneraría el derecho constitucional a la igualdad, ya que aquellos que carezcan de tal prestación no podrán ser compensados ante un despido improcedente.  Además, según el auto, "serán los trabajadores demandantes los que asuman con cargo a su prestación de desempleo el período de espera requerido por el proceso".

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Ead
21
Avatar de Ead
Ead, 18.04.2012 - 15.55h

    La reforma laboral, tiene algunos aspectos positivos, tenía que estar hecha hace años y no por la crisis, pero es bien cierto que en algunos aspectos se ha pasado y no la creo ni justa ni equitativa.

    Si los salarios en despido improcedente no se ven justos, más miedo me da que los empresarios casi unilateralmente puedan rebajar los salarios al que está trabajando.

    Me da la impresión que es opción es mala curiosamente para las dos parte, para el trabajador por lo que supone ganar menos, pero para el empresario en su conjunto, porque si los trabajadores pierden poder adquisitivo, ¿como van a endeudarse en comprar nada a largo plazo, si no van a saber lo que van a ganar en el futuro?, este tema es más que peligroso y puede ser un caramelo envenenado para el conjunto de la sociedad, un empresario puntualmente verá como paga menos, pero si la gente no tenemos para consumir, el sistema se puede ir al garate.

    Creo que los que han tomado esta decisión, no han valorado bien lo que supone este miedo a los trabajadores, mala cosa

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    Ead
    22
    Avatar de Ead
    Ead, 18.04.2012 - 15.59h

      La constitución tampoco hay que sacralizarla, si con el tiempo se ve claramente (tampoco hay que hacerlo todos días), pero si se ve, como digo, que con el tiempo algunas de sus normas no son lo que la sociedad pide, pues se cambia la constitución, claro dando participación a los que regula, esto es a todos ciudadanos mediante un referéndum, lo que no puede ser es que una norma que está para proteger a los ciudadanos de excesos o abusos por los poderosos, se convierta en una arma contra ellos, así que lo que importa es ver si el tema es justo o no y no lo que la constitución diga.

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      tyfyytfygty
      23
      Avatar de tyfyytfygty
      tyfyytfygty, 18.04.2012 - 16.57h

        .Fátima Báñez = Mujer Florero

        Esta ni pincha ni corta de verdad y solo esta hay para hacer bulto ( queda muy bien para vender lo de la igualdad y captar voto femenino ) y a cambio llevarse un estupendo sueldo un pedazo de coche y una jubilacion de oro es decir la típica tonta útil y hace lo que se le dice.

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        norberto_89
        24
        Avatar de norberto_89
        norberto_89, 18.04.2012 - 17.56h

          Me parece bien que lo haya hecho un juez porque así apoya la versión del partido socialista que también había presentado un recurso de anticonstitucionalidad sobre la reforma laboral... Pero quien mejor que un juez, que se sabe todo el tema de los contratos y demás de como está la legislación al respecto que diga a sus superiores que la reforma puede ser inconstitucional y sería un gran varapalo para el gobierno del PP que ahora mismo lo declararan inconstitucional, porque no hay otro órgano superior en España para recurrir esta posible decisión y se tendrían que ir a tribunales europeos, y eso sería inaudito...

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          Stop Trolls
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          Avatar de Stop Trolls
          Stop Trolls, 18.04.2012 - 19.00h

            Es una hijaputada.

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            Kimi
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            Avatar de Kimi
            Kimi, 18.04.2012 - 19.20h

              #16 En los países que citas que aceptan estas medidas cobran 3 veces mas de media que cualquier Español. La cuestión es muy clara si la tendencia de los empresarios es a bajar los sueldos no pasa nada, dejaremos de consumir y el producto que ellos vendan dejara de ser asequible por lo tanto dejaran de ganar a su vez mas, pues o los bajan o se los comen. Si la tendencia es al alza y se suben los sueldos la gente tendrá dinero para gastar y los productos que se fabriquen se compraran y el empresario ganara mas dinero, es cuestión de egoísmo quiero mas doy mas.
              En cuanto a la Constitucionalidad me temo que para cuando el tribunal decida Rajoy estará jubilado aún hay causas del 99 pendientes.

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              Antiguo Usuario
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              Avatar genérico
              Antiguo Usuario, 18.04.2012 - 19.44h

              De lo constitucional, de su contrario
              Cuando algunos estudiosos de la constitución
              la estudian y analizan para en algunos casos saltarse las reglas...
              y de ahí en adelante...
              Como los individuos son los que son
              Y se eligen entre ellos por amiguismos
              y alguna buena nota...
              No se puede esperar nada más que
              algunas cosas sean inconstitucionales
              hasta que llega el momento
              en que todo pareciera inconstitucional
              aunque la constitución lo afirme

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              rainblock
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              Avatar de rainblock
              rainblock, 18.04.2012 - 20.38h

                ES TOTALMENTE INCONSTITUCIONAL, LA CONSTITUCION DICE QUE CADA ESPAÑOL TIENE EL DERECHO Y OBLIGACION DE TRABAJAR, PERO ESTA REFORMA FOMENTA LA TEMPORALIDAD Y DESPIDO SIN DERECHOS YA QUE EL TIEMPO DE PRUEBA ES DE HASTA LOS 12 MESES, ESTANDO DESPROTEGIDO EL TRABAJADOR SIN NINGUN DERECHO DURANTE TODO ESE TIEMPO, VAMOS... SI TE PONES MALO TE PUEDEN DECIR SIN CORTARSE QUE NO VUELVAS Y PAGARTE EXCLUSIVAMENTE LO QUE HAS TRABAJADO HASTA LA FECHA. SI LLEVAS 11 MESES Y DEJAS CASUALMENTE DE GUSTAR AL JEFE TAMBIEN PUEDE DECIR QUE NO VUELVAS, NO ES NI DESPIDO , NO VOLVER Y PUNTO.

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                29 Comentario oculto Leer comentario
                Antiguo Usuario
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                Avatar genérico
                Antiguo Usuario, 18.04.2012 - 23.47h

                No es cosa de letrados.....es una obviedad aplastante.....

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                Pecera_
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                Avatar de Pecera_
                Pecera_, 19.04.2012 - 07.43h

                  “Pecera”
                  Un cortometraje dedicado a los trabajadores que se dedican a robar a otros trabajadores.
                  ******************************************************************************************
                  Sinopsis:
                  Lola, la directora de una sucursal de trabajo temporal recibe una inesperada llamada a última hora de la noche. Es su “jefe de zona” y necesita urgentemente hablar con ella…
                  Dirigido por Carlos Bouvier y protagonizado por Camila Bertone
                  http://www.youtube.com/watch?v=V-LtlnBFRxA

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