El Consell unifica en una norma cinco leyes y dos reglamentos para agilizar y simplificar la actividad urbanística

La revisión de un Plan General se podrá hacer en dos años o dos años y medio, frente a los nueve o diez de la actualidad
Isabel Bonig En Rueda De Prensa
Isabel Bonig En Rueda De Prensa
EUROPA PRESS
Isabel Bonig En Rueda De Prensa

El pleno del Consell ha iniciado este viernes el procedimiento para la reforma legislativa en materia de ordenación del territorio y urbanismo de la Comunitat Valenciana, que unifica en una norma cinco leyes y dos reglamentos para "agilizar" y "simplificar" la actividad urbanística, así como para "favorecer la dinamización socioeconómica y la generación de empleo".

Así lo ha explicado la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, Isabel Bonig, que ha acompañado al vicepresidente y portavoz de la Generalitat, José Císcar, en la rueda de prensa posterior al pleno.

Bonig ha destacado que uno de los grandes objetivos es "reformar en profundidad la legislación urbanística y territorial en una norma única que contenga un régimen jurídico más sencillo, claro y eficaz". En esta línea, ha señalado que el nuevo procedimiento deberá permitir acortar los tiempos de elaboración de los planes, "evitando estrangulamientos burocráticos que afectan a las decisiones de inversión y al interés ciudadano en su formulación".

Al respecto, preguntada por cuánto tiempo se ahorrará, la consellera ha explicado que se conseguirá que la revisión de un Plan General se pueda hacer en una media de dos año o dos años y medio, frente a los nueve o diez de la actualidad.

El Gobierno valenciano, con esta reforma, también pretende introducir las consideraciones necesarias tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que "refuerzan la validez" del modelo urbanístico de la Comunitat Valenciana, y permite "simplificar y flexibilizar" la tramitación de los programas de actuación urbanística.

Otra de las cuestiones incluidas, ha informado la titular de Infraestructuras y Medio Ambiente, "es integrar la evaluación ambiental estratégica de los planes territoriales y urbanísticos, y de su elaboración, en un proceso único que además incluya los efectos económicos y sociales sobre el territorio". "Esta integración permite una colaboración continuada entre el órgano promotor y el ambiental que elimina las incertidumbres para todos los agentes territoriales", ha manifestado.

La reforma de la legislación urbanística y territorial también tiene como objetivo la incorporación desde el principio de la elaboración de los planes los criterios ambientales, territoriales y funcionales que acompañan al plan a lo largo de su elaboración. De esta forma, se elimina "una cadena interminable de informes tal y como sucede en estos momentos".

La nueva norma de Territorio y Urbanismo diferencia la tramitación del plan en dos fases, la primera de carácter estructural —competencia de la Generalitat— de la segunda, pormenorizada, donde la aprobación le corresponde a las administraciones locales. Lo que se pretende es lograr un pronunciamiento claro del órgano autonómico ambiental para poner fin a la intervención autonómica, dejando concluir la formulación del plan a los ayuntamientos en el marco de las determinaciones estructurales.

Los agentes interesados,

Incorporados desde el principio

Otro punto de interés consiste en incorporar a los agentes interesados desde el principio, teniendo en cuenta a municipios, empresarios, profesionales, asociaciones, expertos y ciudadanos en el proceso de definición y elaboración del plan desde los inicios de los trabajos hasta incluso la fase post-plan donde se deberá informar periódicamente del seguimiento y la evaluación del plan.

También se trata de establecer diferentes vías en cuanto a la urgencia de la elaboración y tramitación de los instrumentos territoriales y urbanísticos, siempre en función de su carácter estratégico, en relación con los objetivos y principios directores de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana, y sus implicaciones inmediatas en la generación de renta y empleo.

Asimismo, el objetivo es respetar "estrictamente" la legislación europea en materia de contratación pública, manteniendo en los programas urbanísticos la diferenciación entre el agente urbanizador y el empresario constructor, ambos elegidos bajo los principios de publicidad, objetividad, transparencia y pública concurrencia.

Otro de los objetivos es reforzar la función pública de las actuaciones urbanísticas que pueden desarrollarse por gestión directa o indirecta, permitiendo la iniciativa privada, mejorando la seguridad jurídica, el respeto de los derechos del propietario de suelo, el fomento de la competencia entre iniciativas y la agilización del procedimiento de selección y adjudicación del Programa al agente urbanizador, ha puntualizado Bonig.

Se pretende, además, impulsar las actuaciones de renovación y rehabilitación urbanística en la ciudad construida, mediante la extensión de los programas hacia estas actuaciones, garantizando en todo los casos los plenos derechos de los propietarios y su facultad de participar voluntariamente en las mismas.

La nueve Ley de Territorio y Urbanismo consta de 259 artículos y se divide en tres grandes bloques. El primero, centrado en la planificación, incluye los grandes criterios de desarrollo territorial sostenible que debe contemplar la elaboración de los instrumentos de ordenación urbanística y territorial.

El segundo, basado en la gestión, desarrolla las condiciones de los Programas de actuación urbanística a la vista de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y aspectos como las garantías de los derechos de los propietarios del suelo. Por su parte, el tercer y último bloque se centra en la disciplina urbanística.

Colaboración de la sociedad

La titular de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha pedido la colaboración de toda la sociedad en esta nueva ley, ya que, según ha subrayado, se trata de una norma "fundamental para el desarrollo y la generación de empleo". Por este motivo, ha destacado su deseo de que se apruebe "con el máximo consenso posible".

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