El Tribunal Supremo anula definitivamente la tasa de vados que impuso Gallardón en 2005

  • El Ayuntamiento llegó a subir hasta 1.200 euros la tasa por reservar una zona de paso a garajes en las calles de la capital.
  • Siguió cobrándola aunque el TSJM la anuló en primera instancia en 2007.
  • El período de recaudación para 2012 ya ha comenzado, pero el PSOE recuerda que el Consistorio ya no puede exigirla y que debe devolver su importe.
Un operario trabaja en un aparcamiento de la calle Serrano de Madrid.
Un operario trabaja en un aparcamiento de la calle Serrano de Madrid.
Jorge París
Un operario trabaja en un aparcamiento de la calle Serrano de Madrid.

El Tribunal Supremo (TS)ha declarado nula la tasa de vados que el Ayuntamiento de Madrid aprobó en 2005, al entender que el recurso interpuesto por el Consistorio contra una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) adolece del rigor necesario para justificar la modificación de la tasa.

La sentencia fue dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, sección segunda, el pasado 7 de marzo, y ha sido hecha pública este miércoles por el Grupo Municipal Socialista, que ha expresado su satisfacción ante la citada resolución.

La sentencia supone una victoria para la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución, que alegó contra la modificación de la normativa hecha por el equipo de Alberto Ruiz-Gallardón y que suponía subidas de hasta 1.100 euros para quien antes pagaba 340 euros por su vado.

Ese incremento se debió a que el ayuntamiento incorporó al cálculo del importe no solo los metros lineales de espacio que ocupaba la reserva del vado y el tipo de calle (se pagaba más en las calles del centro), sino también los metros cuadrados del garaje al que daban acceso. El Supremo establece que este último criterio no tiene ninguna justificación.

Deberá pagar 6.000 euros de costas

La asociación de distribuidores alegó "ausencia de verdaderos y efectivos estudios económico-financieros que justificasen el coste y el rendimiento de la tasa, existiendo además una desconexión entre la memoria y la tasa aprobada", con la consiguiente infracción de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y de la ley de Tasas y Precios Públicos. El Consistorio interpuso un recurso de casación ante el Supremo, que ahora lo rechaza recordado los argumentos esgrimidos por el TSJM.

El alto Tribunal impone las costas a la parte recurrente —el Ayuntamiento—, sin que la cuantía de los honorarios del abogado de la entidad recurrida puedan exceder los 6.000 euros. Además, el Consistorio ya no puede cobrar la tasa y los afectados pueden pedir su devolución.

197 millones recaudados

La responsable de Hacienda del grupo socialista, Noelia Martínez, recordó este miércoles que el Ayuntamiento ha seguido cobrando la tasa de vadosmientras se resolvía su recurso a la sentencia del TSJM. El pasado lunes, 2 de abril, se inició el nuevo período de pago de este impuesto, pero ahora el Ayuntamiento no puede exigir su abono a los ciudadanos, ya que "sería ilegal y tendría que devolver inmediatamente el dinero".

Martínez detalló que, pese a la primera sentencia en contra en 2007, el Ayuntamiento "siguió exigiendo a los ciudadanos el pago de la tasa, por una cantidad de 311,8 millones de euros, de los que lleva recaudados casi 197 millones" entre 2006 y 2012.

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