El TSJB suspende los servicios mínimos aprobados por el Govern tras el recurso presentado por UGT y CCOO

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha estimado la suspensión de los servicios mínimos aprobados por el Govern para la Huelga General del próximo 29 de marzo en el ámbito de la educación y referentes al transporte escolar, el servicio de comedores y de los conserjes en centros de educación secundaria y la suspensión parcial de los servicios mínimos en el transporte no regular.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha estimado la suspensión de los servicios mínimos aprobados por el Govern para la Huelga General del próximo 29 de marzo en el ámbito de la educación y referentes al transporte escolar, el servicio de comedores y de los conserjes en centros de educación secundaria y la suspensión parcial de los servicios mínimos en el transporte no regular.

De este modo, el TSJB ha estimado la petición de suspensión del artículo 135 de la Ley Jurisdiccional, realizada por los sindicatos UGT y CCOO, que presentaron un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Consell de Govern del pasado 23 de marzo en el que se establecieron los servicios mínimos para la Huelga General.

Asimismo, la Sala de lo Contencioso Administrativo ha convocado a las partes a una comparecencia para el próximo 28 de marzo a las 09.30 horas para que se pronuncien sobre la conveniencia del levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida adoptada.

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