Los parados podrán evitar ser desahuciados de viviendas con un valor inferior a 200.000 euros

  • La vivienda debe ser la primera y única que posee la familia, que deberá tener todos sus miembros en paro o sin ningún tipo de renta económica.
  • Otro de los factores para evitar el desahucio será que el valor de la vivienda se situará entre 120.000 y 200.000 euros, según el tamaño del municipio.
  • En el "Código de buenas prácticas" que aprueba este viernes el Goberno, se incluirá la dación en pago voluntaria para los colectivos en riesgo de exclusión.
Imagen de archivo de miembros de la Plataforma Afectados por la Hipoteca en una de sus acciones para evitar un desahucio.
Imagen de archivo de miembros de la Plataforma Afectados por la Hipoteca en una de sus acciones para evitar un desahucio.
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Imagen de archivo de miembros de la Plataforma Afectados por la Hipoteca en una de sus acciones para evitar un desahucio.

Las familias con todos sus miembros en paro podrán evitar el desahucio de sus viviendas, si su valor no supera los 200.000 euros, siempre que las entidades que concedieron sus hipotecas se adhieran a un código de buenas prácticas que aprueba el Gobierno este viernes.

Este código se incluye en el decreto ley de medidas urgentes en materia de ejecuciones hipotecarias para abordar el problema social de los desahucios en las personas con riesgo de exclusión social y que estudiará mañana el Consejo de Ministros.

Según informaron fuentes del Ministerio de Economía, el texto establecerá las condiciones que deben cumplir las familias para que se las considere bajo el riesgo de exclusión y poder evitar el desahucio por impago.

Las condiciones para evitar el desahucio

La primera condición será que la vivienda sea la primera y única que posee la familia, que deberá tener todos sus miembros en paro o sin ningún tipo de renta por actividad económica. Además, la cuota hipotecaria deberá ser superior al 80 % de los ingresos netos del conjunto de la familia.

Otro de los factores determinantes para evitar el desahucio será que el valor de la vivienda afectada se situará entre 120.000 y 200.000 euros, según el tamaño del municipio.

Fuentes financieras consultadas han añadido que también se estudia la opción de considerar que el riesgo de exclusión de una familia estará "agravado" cuando el titular de la vivienda sea mayor de 65 años o tenga una discapacidad.

Igual sucedería en los casos en los que tenga menores a su cargo, hijos mayores con una minusvalía igual o superior al 33%, o ascendientes mayores de 65 años.

Las mismas fuentes dan por hecho que el decreto ley contendrá asimismo una rebaja en los intereses de demora en los pagos que no se puedan afrontar, y cuya tasa anual no podrá ser superior al 1,5% sobre el saldo vivo del crédito.

Está previsto que el decreto-ley incluya también una reforma de todos los procedimientos de ejecución, para hacerlos más ágiles, baratos y transparentes, así como la creación de un nuevo sistema de subastas de viviendas "online".

Se incluirá la dación en pago voluntaria

El "Código de buenas prácticas" incluirá medidas que tendrían un difícil encaje en el ordenamiento jurídico, como ocurre por ejemplo con la dación en pago, en el que la entrega de la vivienda al banco salda la deuda hipotecaria. Además de que obligar por ley a la dación en pago de manera retroactiva sería cuestionable, Economía cree que ello encarecería las hipotecas, ya que las entidades acabarían trasladando el coste al cliente.

En este código, por tanto, se incluirá la dación en pago voluntaria para los colectivos en riesgo de exclusión, una posible moratoria de dos años antes del desalojo o la posibilidad de abonar durante ese plazo una cantidad equivalente a un alquiler.

Otra de las medidas voluntarias sería que los bancos aceptasen asumir parte de su error al tasar muy cara una vivienda. Economía se muestra confiada en que las entidades acabarán asumiendo este código, dado que para ellas el desahucio es la última solución, y por el fuerte malestar que genera.

Los bancos tendrán que reconocer si se adhieren o no a este código, con lo que deberán afrontar el coste de reputación que le suponga no atender el problema de las familias sin recursos que no pueden pagar su hipoteca.

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