Los ayuntamientos cercenan el derecho a grabar los plenos pese a las sentencias judiciales

  • La Constitución ampara un derecho que también han avalado el Tribunal Superior de Valencia, el Tribunal Supremo o el Defensor del Pueblo Andaluz.
  • Pese a ello, los alcaldes siguen utilizando a discreción su autoridad como presidentes de la corporación para impedirlo o poner límites a su difusión.
  • La plataforma Graba Tu Pleno asesora a quienes quieran filmar en su ayuntamiento o denunciar a los funcionarios que pretendan impedirlo.
Imagen cenital del pleno del nuevo Ayuntamiento de Madrid, en el Palacio de las Telecomunicaciones.
Imagen cenital del pleno del nuevo Ayuntamiento de Madrid, en el Palacio de las Telecomunicaciones.
Javier Lizón / EFE
Imagen cenital del pleno del nuevo Ayuntamiento de Madrid, en el Palacio de las Telecomunicaciones.

El pasado 26 de enero, la Policía Municipal de Pelayos de la Presa (Madrid, 2.512 habitantes) confiscó a un concejal socialista la cámara con la que grababa la sesión del pleno del Ayuntamiento. La orden la había dado el alcalde, Herminio Cercas (PP), que alegó que tomar imágenes o sonidos de estas sesiones públicas estaba prohibido por el reglamento de funcionamiento de las Corporaciones Locales, una ley vigente desde 1986.

Esta situación se repite cada vez con mayor frecuencia en los ayuntamientos españoles, concretamente, desde que el movimiento 15-M hizo su aparición en 2011 para reclamar una mayor democratización y transparencia a las instituciones públicas. Sin embargo, tanto la Constitución Española como distintas sentencias judiciales establecen la imposibilidad de imponer cualquier censura previa al derecho a la información.

Sentencias

La plataforma Graba Tu Pleno, nacida para denunciar estos casos y asesorar a quienes deseen actuar judicialmente contra quienes los promuevan, señala, por ejemplo, el caso del ayuntamiento de Pilar de la Horadada (22.967 vecinos). Allí, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJCV) revocó en 2009 la norma que impedía tomar imágenes a quienes no estuviesen acreditados como periodistas. El Tribunal Supremo ratificó en 2007 dicha decisión.

También en la Comunidad Valenciana, el alcalde de Enguera (5.968 habitantes) se vio obligado a admitir que los medios locales retransmitiesen las sesiones tras la intervención del TSJCV en 2011, a pesar de que el propio Ayuntamiento grababa las mismas y ofrecía la señal.

Ese mismo año, y citando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo Andaluz instó al municipio granadino de Cádiar (1.652 habitantes) a abstenerse de impedir la grabación de los plenos por parte de sus ciudadanos, poniendo como únicos límites el respeto a la protección de datos de carácter personal y la salvaguarda del orden público.

Multas y expulsiones

La falta de resoluciones específicas hace que la censura previa siga instalada en muchos municipios. La mayoría de ellos, recalca Óscar Gagliardi, portavoz estatal de Graba Tu Pleno, son localidades de tamaño pequeño o mediano donde algunos alcaldes se comportan "como caciques", aunque hay excepciones.

En los vídeos recopilados por la plataforma, los primeros ediles de Ibi (Alicante, 23.184 habitantes), Rocafort (Valencia, 6.806), Almodóvar del Río (Córdoba, 7.969), Yeles (Toledo, 5.170) o Palomares del Río (Sevilla, 7.519, vecinos) hacen uso de su facultad como autoridad máxima del pleno para ordenar la retirada de cualquier cámara perteneciente a concejales, particulares o movimientos asociativos o vecinales.

En la Comunidad de Madrid, el caso de Pelayos de la Presa no es una excepción. En la capital, el Consistorio ha prohibido grabar las sesiones en el nuevo ayuntamiento, situado en el Palacio de Cibeles. Alega que, a diferencia de la Plaza de la Villa, donde IU sí registraba los plenos, el Consistorio cuenta ahora con un sistema propio de grabación y difusión de la señal. Con eso, asegura, es bastante.

En Torrejón de Ardoz (122.589 habitantes), el artículo 25 del reglamento del pleno establece sanciones de hasta 600 euros para quien grabe o haga fotografías, equiparando este comportamiento a la exhibición de pancartas, también prohibido. San Lorenzo de El Escorial (18.447 habitantes) y Ciempozuelos (23.354) solo autoriza la entrada de cámaras que acrediten pertenecer a medios de comunicación. Móstoles (205.015 empadronados), el municipio más grande tras Madrid ciudad, se inclina por permitir la entrada solo a profesionales, aunque admite peticiones que dependerán siempre de la autorización del alcalde.

En Parla (121.995), el reglamento establece que tanto los medios no autorizados como los concejales y el público tendrán prohibido efectuar grabaciones de imagen y sonido sin la previa "y discrecional" autorización de la Alcaldía. En Alcorcón (168.523 residentes), en cambio, el grupo municipal de UPyD sigue grabando y colgando los plenos en YouTube (con gran éxito de audiencia debido al tono de las discusiones entre Gobierno y oposición) con el visto bueno del alcalde.

Para Graba Tu Pleno, la falta de una legislación única que trasponga las sentencias de los tribunales y consagre la libertad de recoger y difundir información provoca estas situaciones de arbitrariedad. "En muchos casos, sobre todo en los pueblos más pequeños, el alcalde o el partido que Gobierna no quiere verse retratado delante de sus vecinos, porque saben que sus comentarios pueden llegar a todo el mundo a través de las redes sociales", concluyen.

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