Las claves de la reforma laboral de Rajoy: así afectará a despidos, jóvenes, convenios, salarios...

Encuesta

¿Crees que la reforma laboral ayudará a crear empleo?

13%
13% Sí, porque facilita a la empresa contratar empleados.
79%
79% No, solo le pone más fácil al empresario el despido de trabajadores.
8%
8% Ayudará a crear empleo, pero no debería recortar tantos derechos laborales.

El Gobierno de Mariano Rajoy aprobó este viernes la reforma laboral con la que se generaliza el despido con 20 días de indemnización en España. La vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, acompañada de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, explicó las claves de la nueva normativa que acaba de ratificar el Consejo de Ministros y que entrará en vigor tras su publicación en el BOE este sábado. De la reforma, según pasan las horas y tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se van conociendo todos los detalles. Estas son las claves de la polémica medida del Gobierno de Rajoy en los diferentes ámbitos a los que afecta:

Despido

  • La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (hasta ahora eran 42). Esta nueva indemnización no tendrá carácter retroactivo y se aplicará solo a los nuevos contratos. Esta decisión del Gobierno ha sido el punto más polémico. "Con esta reforma se justifica una pérdida de derechos de los trabajadores y se amplía la libertad de los empresarios para tomar decisiones", critica Enrique Goizueta, abogado laboralista. "Reducir la indemnización a 33 días no va a favorecer el empleo teniendo en cuenta que cuando todavía era de 45 días se ha despedido a mucha gente", explica. Los contratos fijos que actualmente tengan derecho a 45 días por año mantendrán esa cuantía hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 días. El límite para ambos periodos será de 42 mensualidades.
  • El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 días por año trabajado- podrá aplicarse cuando existan pérdidas actuales o previsión de tenerlas y cuando la compañía tenga una disminución de ingresos durante tres trimestres consecutivos. La ministra de Trabajo ha asegurado que "por supuesto habrá un control judicial" en estos casos. Este control judicial sería, en todo caso, a posteriori, y después de que un trabajador interpusiera la correspondiente denuncia.
  • Los asalariados que cuenten con un contrato fijo ordinario sólo podrán recibir una indemnización por despido improcedente que no superará los 720 días de salario. Hasta ahora, el despido improcedente se pagaba con 45 días por año trabajado con un tope de 42 mensualidades. Cambia el método de cálculo: los años trabajados hasta la entrada en vigor del real decreto-ley se calcularán a 45 días, mientras que los restantes pasarán a indemnizarse a 33 días. Para facilitar el cálculo, la norma establece que el importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario.
  • El absentismo laboral individual del trabajador deja de estar vinculado al que haya establecido para el conjunto de la plantilla, con el fin de justificar más fácilmente el despido. El Gobierno ha procedido a eliminar una de las condiciones que permitían el despido objetivo, que determinaba que este se podría llevar a cabo "siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5% en los mismos periodos de tiempo". Desde ahora, bastará con que un trabajador falte de forma justificada más de un 20% de las jornadas a su trabajo durante dos meses o un 25% en cuatro meses para poder prescindir de él.
  • Los organismos y entidades del sector público que no sean viables ni se prevea que lo puedan ser en los próximos años podrán acogerse a causas objetivas de despido para redimensionar plantillas.
  • Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores deberán articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo mínimo de seis meses.
  • Las empresas en beneficios que quieran reducir plantilla entre los trabajadores mayores de 50 años con cargo a sus recursos propios no tendrán que cumplir con el requisito de que el despido afecte a un mínimo de 100 trabajadores en un período de tres años. Además, detalla el modelo de cálculo de la fianza que deberán consignar estas empresas en el Tesoro Público para afrontar el pago de las cotizaciones sociales de los trabajadores afectados por el despido. La reforma laboral presentada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y aprobada en septiembre de 2010 reguló el despido en empresas con beneficios después de que se conociera que Telefónica iba a desprenderse de más de 5.000 trabajadores a pesar de obtener ganancias.
  • La reforma acaba con la exclusividad que hasta ahora tenían los representantes de los trabajadores ante un proceso de despido colectivo y que impedía que fueran echados los primeros. A partir de este domingo, que es cuando entra en vigor el real decreto-ley de reforma, los trabajadores con cargas familiares, los mayores de determinada edad o las personas con discapacidad también tendrán prioridades de permanencia en la empresa si así se pacta en el convenio. El Estatuto de los Trabajadores fija que sólo son los representantes legales de los trabajadores los que ostentan esa prioridad, algo que cambia este domingo.
  • El Gobierno elaborará un reglamento sobre "despidos colectivos, suspensión de contratos y reducción de jornada" en el plazo de un mes. El Ejecutivo se concede "el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley" para elaborar "un real decreto sobre el reglamento de procedimiento de despidos colectivos y de suspensión de contratos y reducción de jornada" que desarrolle el articulado de esta norma en esas materias. En concreto, el desarrollo legislativo se ceñirá "con especial atención a los aspectos relativos al periodo de consultas, la información a facilitar a los representantes de los trabajadores en el mismo, las actuaciones de la autoridad laboral para velar por su efectividad, así como los planes de recolocación y las medidas de acompañamiento social asumidas por el empresario".

Contratos

  • Se crea un nuevo contrato indefinido con un año de prueba que podrán utilizar las pymes con menos de 50 trabajadores. Gozará de una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años.
  • El contrato indefinido que podrán hacer autónomos y pymes de menos de 50 trabajadores a menores de 30 años tendrá que ser en jornada completa y en el caso de que se haga a un desempleado deberá estar cobrando la prestación durante al menos tres meses antes de su incorporación. Los autónomos y pymes que contraten como primer trabajador a un menor de 30 años tendrán una bonificación fiscal de 3.000 euros. A esta cifra se podrán sumar otros 3.600 euros si el menor de 30 años está en el paro. Si se trata de un parado de larga duración, la bonificación será de 4.500 euros. En ambos casos el trabajador contratado deberá haber percibido la prestación durante, al menos, tres meses. La empresa requerirá al trabajador un certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el importe de la prestación pendiente de percibir en la fecha prevista de inicio de la relación laboral. El trabajador, de forma voluntaria, podrá compatibilizar el cobro del salario con el 25 % de su prestación por desempleo. El real decreto-ley incorpora una disposición adicional nueva a la Ley General de la Seguridad Social en la que detalla los trámites que deberá seguir el empresario y la información que deberá consignar en las comunicaciones que curse a los trabajadores que van al paro por despido colectivo, suspensión de contrato o reducción de jornada.
  • A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses.
  • La edad máxima para acceder al contrato de formación y aprendizaje será de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15%.
  • Se fomenta la contratación indefinida de los jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euros, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de hasta 4.500 euros.

Formación

Los trabajadores de más de un de un año de antigüedad tendrán derecho a 20 horas anuales de formación retribuidas siempre que el contenido de esos cursos esté vinculado al puesto de trabajo. Además, se creará un registro donde se recogerá la formación que ha recibido el trabajador a lo largo de su vida. Así, se exige que el empresario, cuando lleve a cabo una modificación técnica a la que se deba adaptar el trabajador, le ofrezca un curso para que pueda formarse.

Convenios

  • Se facilitará el descuelgue, es decir, que los empresarios que atravieses dificultades económicas, y las justifiquen, podrán desvincularse del convenio que regule su sector y decidir las nuevas condiciones de trabajo. De no alcanzar un acuerdo con los representantes de los trabajadores, cualquiera de las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de convenios Colectivos o sus equivalente autonómicos, que nombrará un árbitro y resolverá en 25 días como máximo.
  • Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito superior. para favorecer la negociación y la consecución de los acuerdos, las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de 2 años. A partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente, por lo que se pone fin a la ultractividad indefinida de los convenios.
  • Para favorecer la negociación y la consecución de los acuerdos, las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de 2 años desde que se decide comenzar la negociación. A  partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente, por lo que se pone fin a la ultractividad indefinida de los convenios, es decir, que un convenio no podrá estar indefinidamente en vigor mientras se negocia el nuevo.

Salarios

Otra de las medidas presentes en la reforma que publica este sábado el BOE abre la puerta a una rebaja salarial generalizada permitiendo a los empresarios modificar el sueldo de sus trabajadores sin previo acuerdo. "La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa", dice el BOE en el artículo 41.1, que lleva por título Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.

Entre otras modificaciones (como la jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo o el sistema de trabajo y rendimiento), el texto especifica la "cuantía salarial".

Indemnizaciones a directivos de bancos

Los directivos de entidades financieras que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario no tendrán derecho a percibir indemnización. Además, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea se limitan las indemnizaciones por cese de actividad de estos directivos. Estas indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno hace una semana.

Permiso por maternidad

El Gobierno ha suprimido los incentivos existentes desde 2006 para los contratos por reincorporación de las mujeres tras el permiso por maternidad. Desaparecen las bonificaciones mensuales de las cuotas empresariales a la Seguridad Social para los contratos indefinidos de las mujeres que regresan a su puesto de trabajo tras la maternidad o una excedencia por cuidado de hijos, según el artículo 3 de la Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y el empleo. Los empresarios tenían derecho a un descuento anual de 1.200 euros, 100 euros al mes, durante "los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo".

Sentencia sobre un ERE

Las sentencias sobre Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) no podrán ser recurridas ante el Tribunal Supremo (TS) cuando afecten a menos de 50 trabajadores. La nueva reforma ha modificado varios artículos de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, también ha suprimido la posibilidad de presentar recursos de súplica por despidos colectivos. Así, desaparece la posibilidad de recurrir en casación ante el TS "las sentencias dictadas en relación con expedientes de regulación de empleo, de extinción de contratos de trabajo, suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cualquiera que sea la cuantía, cuando afecten a menos de cincuenta trabajadores".

En el decreto ley también se detalla el nuevo procedimiento judicial sobre las demandas presentadas contra despidos colectivos, que deberá estar resuelto en menos de dos meses, de acuerdo con los plazos indicados en esta norma. También ha eliminado el acceso al conflicto colectivo cuando la empresa niega a los representantes de los trabajadores información de "carácter reservado" o cuando no les comunica "determinadas informaciones". Además, ha excluido el uso del conflicto colectivo por "los litigios relativos al cumplimiento por los representantes de los trabajadores y los expertos que les asistan de su obligación de sigilo".

Otros

  • Se estrecha la colaboración con las mutuas de trabajo para evaluar la incapacidad temporal de los trabajadores.
  • El Gobierno ha acordado suspender la integración del Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM) y del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). El anterior Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero había acordado a finales de agosto de 2010 que en el plazo de seis meses, que vencería este febrero, debería haberse regulado el procedimiento para completar "la citada integración y el funcionamiento efectivo del nuevo organismo". Sin embargo, con la reforma laboral aprobada este viernes por el Consejo de Ministros y que entra mañana en vigor, queda derogada la fusión prevista entre ambos organismos. Tras el anuncio de fusión, a comienzos del pasado otoño surgieron movilizaciones de funcionarios y trabajadores públicos para pedir más fondos para mejorar el funcionamiento del Servicio Público de Empleo Estatal y del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), por el retraso que acumulaban en la tramitación de expedientes.
  • Cobro del paro anticipado. Se posibilita la capitalización del 100% de la prestación por desempleo para jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.
  • Se propone un plan especial de la Inspección de Trabajo para combatir el fraude y la economía sumergida. Los empleados que cobren la prestación por paro podrán realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas. Esta prestación es coercitiva, es decir, en caso de no llevarse a cabo el parado podría sufrir una penalización.
  • Recientemente, Báñez señaló que los servicios públicos de empleo (el antiguo Inem) solo consiguen colocar al 3% de los parados, unos resultados que dijo que "no son buenos", teniendo en cuenta que España cuenta con más de cinco millones de desempleados. Para facilitar la búsqueda de trabajo, el Gobierno permitirá que las Empresas de Trabajo Temporal se unan al sector público, estableciendo una colaboración público-privada para ayudar a recolocar a los parados.

Más fotos relacionadas

Cerrar

Mostrar gráfica

¿Cómo leer la gráfica?

  • Hay tres variables que se distinguen por colores: ECO de 20minutos.es, en rojo; ECO en redes sociales, en verde, y ECO total (una combinación de los dos anteriores), en azul. El usuario puede activar o desactivar cada una de ellas en cualquier momento con los botones que aparecen justo debajo de la representación gráfica.
  • Al pasar el ratón por cada punto de la gráfica aparecerá el valor (en porcentaje) de cada una de las variables que estén activadas en una fecha y una hora concretas.
  • Zoom: Al seleccionar una zona de la gráfica cualquiera, esta se ampliará. Automáticamente aparecerá un botón a la derecha con las letras reset zoom. Pinchando ahí, la gráfica volverá a su posición inicial.

Más información

1727 Comentarios
Suscribirse por RSS

Escribir un nuevo comentario

1756 Comentario oculto Leer comentario
elMel
1756
Avatar de elMel
elMel, 12.02.2012 - 17.26h

    La mayor estafa e injusticias jamás vista hasta la fecha la democracia española.

    ¿Que sentido tiene dar poder a empresarios como si fueran caziques?

    ¿Que sentido tiene abaratar el despido para frenar despidos?

    ¿Que sentido tiene sacar a los sindicatos de las negociaciones?

    ¿Que sentido tiene hundir a la comunidad de trabajadores?

    ESTA REFORMA NO TIENE NI PIES NI CABEZA¡¡¡¡
    MOVILIZACION YA¡¡¡¡
    LA ULTRADERECHA HA LLEGADO¡¡¡
    EL PUEBLO DEBE DESPERTAR Y DEFENDER SUS DERECHOS¡¡¡

    Ya no puede recibir valoraciones +2
    1757 Comentario oculto Leer comentario
    javier7md
    1757
    Avatar de javier7md
    javier7md, 12.02.2012 - 17.34h

      el psoe haria exactamente lo mismo...aqui quien manda es merkel...a esa le dá exactamente lo mismo quien gobierne

      Ya no puede recibir valoraciones 0
      1758 Comentario oculto Leer comentario
      jordit51
      1758
      Avatar de jordit51
      jordit51, 12.02.2012 - 17.34h

        No hay nada peor que una dictadura empresarial, que diferencia con Venezuela, donde todas las medidas se toman en favor del pueblo... ¡Viva el comandante Chavez!

        Ya no puede recibir valoraciones +2
        1759 Comentario oculto Leer comentario
        cernujos
        1759
        Avatar de cernujos
        cernujos, 12.02.2012 - 17.35h

          Cada vez me avergüenzo más de ser español, es penoso el concepto que tienen de nosotros en el resto del mundo.

          Ya no puede recibir valoraciones +1
          1760 Comentario oculto Leer comentario
          victor111
          1760
          Avatar de victor111
          victor111, 12.02.2012 - 17.50h

            Dice Soraya:

            "Con esto qué se busca? Rescata trabajadores de la situación de desempleo (a sí? abaratar despidos es crear empleo? a coste de despedir a trabajadores pagándoles 24 meses para contratar nuevos que ahora están en el paro? has desayunado?)

            "Buscar mecanismos para fomentar esa contratación" (mecanismos, si, mecanismos....muy concreta eres....qué mecanismos? Qué estás diciendo Soraya?

            Hay que tener jeta

            Ya no puede recibir valoraciones +1
            1761 Comentario oculto Leer comentario
            sparttae
            1761
            Avatar de sparttae
            sparttae, 12.02.2012 - 17.50h

              1751
              petrovic5, 12.02.2012 - 16.03h

              Solo los retrasados apoyan a un delincuento autoritario como garzón.

              Ya no puede recibir valoraciones -5
              1762 Comentario oculto Leer comentario
              cernujos
              1762
              Avatar de cernujos
              cernujos, 12.02.2012 - 17.51h

                Se esta masacrando a la clase obrera, y alos mas desfavorecidos, vamos hacia una de las causas que nos llevo a una guerra civil, y como estos políticos de mierda que tenemos no le pongan solución vamos camino de la segunda.

                Ya no puede recibir valoraciones +3
                1763 Comentario oculto Leer comentario
                sparttae
                1763
                Avatar de sparttae
                sparttae, 12.02.2012 - 17.52h

                  Los socialistas gracias por negar la crisis tuvieron que quitar derechos a los españoles y los izquierdistas ni salian a la calle, ahora no es más remedio que hacer una reforma laboral comparable a otras grandes naciones desarrolladas y los izmierdistas ponen el grito en el cielo. Vergonzoso.

                  Ya no puede recibir valoraciones +1
                  1764 Comentario oculto Leer comentario
                  1català
                  1764
                  Avatar de 1català
                  1català, 12.02.2012 - 17.52h

                    Spain game over

                    No coin to insert

                    Ya no puede recibir valoraciones +1
                    1765 Comentario oculto Leer comentario
                    wer,rt
                    1765
                    Avatar de wer,rt
                    wer,rt, 12.02.2012 - 18.00h

                      España es líder absoluta en los últimos puestos de libertad laboral.

                      Pero 350'000 librados sindicales que viven del trabajo de los trabajadores de los más pobres no quieren que sus derechos y privilegios sean mermados.

                      Como el gobierno no ha atacado a ellos, no hay huelga general y a ellos importa una mierda que pasa con el currante normal y corriente.

                      Señores si un día ustedes leen en los medios que se rebaja la cantidad de los librados sindicales a lamitad , lo verán no tarda ni dos horas y tenemos fechas de huelgas generales.

                      Ya no puede recibir valoraciones +6

                      Hemos bloqueado los comentarios y las correcciones de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.

                      Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios

                      cargando

                      Escribir comentario o corrección

                      3000 caracteres pendientes

                      Introduce el número de la imagen (Código de verificación para prevenir envios automáticos).

                      Código seguridad

                      Normas para comentar en 20minutos.es
                      • Esta es la opinión de los internautas, no la de 20minutos.es.
                      • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
                      • Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
                      • Por favor, céntrate en el tema.
                      • Normas y protección de datos