El Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha absuelto a un hombre del impago de la pensión alimenticio a favor de su hijo debido a que el motivo de que no abonara la cantidad establecida es que su nómina sufría un embargo judicial y además su empresa le practicaba retenciones.
Por este motivo se le absuelve del delito de abandono de familia por el que el Ministerio Fiscal pedía contra él cuatro meses de prisión y una indemnización de 2.800 euros, ya que para que este delito sea considerado como tal lo que tiene que pasar es que el acusado no tuviera intención de hacer efectivo el pago.
Tras separarse de su mujer, se le impuso el abono de 300 euros al mes a sus dos hijos. Una vez llegada a la mayoría de edad, su hija renunció a esa pensión. Pero durante siete meses, dejó de pagar la que le quedaba, la del otro hijo.
La sentencia justifica ese impago en que ha quedado probado que el hombre sufría una retención en la nómina, derivada de un embargo judicial, así como retenciones por parte de la empresa, que ascendían a 887,57 euros que se le descontaban de su salario.
Además, como luego el acusado retomó sus pagos, se considera que no es que no quisiera abonarla, sino que esas retenciones "mermaban sustancialmente" su capacidad económica.
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