El imputado por el choque de trenes en el que murieron 19 personas no irá a prisión

El factor de circulación de la estación de ferrocarril de Chinchilla José Luis D.C., de 41 años, ha sido condenado a dos años de prisión por el choque de trenes ocurrido en esta localidad el 3 de junio de 2003, 19 personas y otras 48 resultaron heridas. Dada la levedad de la sentencia y la ausencia de antecedentes, el imputado no irá a prisión.
Casi tres años después del accidente, el juicio por el accidente de Chinchilla vuelve a reabrir heridas. (Efe)
Casi tres años después del accidente, el juicio por el accidente de Chinchilla vuelve a reabrir heridas. (Efe)
Efe
Casi tres años después del accidente, el juicio por el accidente de Chinchilla vuelve a reabrir heridas. (Efe)

¿Cuál es la condena contra el único responsable?

El titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Albacete, Jaime de Lamo, le condena por 19 delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y otros 48 delitos de lesiones por el mismo motivo.

Eso implica dos años de cárcel así como a cuatro años de inhabilitación para ejercer la profesión y al pago de las costas procesales, incluidas las de las dieciocho acusaciones particulares.

¿Irá a la cárcel?

José Luis D.C no tendrá que ingresar en prisión, puesto que la sentencia no es superior a dos años y no tiene antecedentes.

¿Qué ocurrió exactamente?

El juez, que dio a conocer la sentencia en lectura pública, considera probado que el acusado puso el semáforo en verde y dio la orden de marche el tren al Talgo, "olvidando" que en sentido contrario y por la misma vía venía un mercancías.

Ello provocó una "fortísima colisión frontal" a las 21:42:09, a 1.709 metros de la estación de Chinchilla, bajo un tendido de alta tensión, quedando parte del mercancías sobre el Talgo, que llevaba 82 pasajeros y cuatro tripulantes.

El choque provocó un corte de luz, de escasa duración, y posteriormente un pavoroso incendio, se indica en la sentencia, de 123 folios.

¿Hubo intencionalidad o fallos de seguridad?

En la sentencia, el magistrado descarta que hubiera falta de medidas de seguridad y atribuye el accidente "solo a un fallo humano" y a una "clara infracción del deber objetivo de cuidado", a pesar de que en el juicio dejó probado que tenía amplios conocimientos de su profesión, se afirma en el fallo.

El juez entiende que cuando el factor alertó al puesto de mando de Valencia para detener los trenes ya había ocurrido el accidente, ya que cuando dio el aviso eran las 21:42:25, es decir, que habían transcurrido ya dieciséis segundos de la colisión frontal.

¿Existen atenuantes?

En sus fundamentos jurídicos, el juez encargado del caso le aplica la atenuante de reparación del daño, debido a que el acusado intentó detener los trenes cuando se dio cuenta de lo que se avecinaba, por lo que le condena a dos años para que no ingrese en prisión.

En este sentido, Jaime de Lamo entiende que aunque José Luis D.C. "cometió un fallo" que desencadenó la tragedia, "es un hombre integrado socialmente, un trabajador, padre de dos hijos, uno de ellos con una minusvalía", por lo que no serviría de nada su ingreso en prisión.

¿Habrá reparaciones para las víctimas?

En la sentencia también se considera responsable civil directo a la compañía aseguradora Mapfre Industrial y a Adif, antigua Renfe, responsable civil subsidiaria.

El juez ha decidido en su sentencia, aumentar un treinta por ciento las indemnizaciones sobre el baremo establecido para accidentes de automóviles, que es el que se había tomado como referencia por la propia aseguradora.

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