El juez supedita a un informe urbanístico la imputación o exoneración de la exalcaldesa de Albaida

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) ha resuelto no tener "por interpuesto" el recurso de reforma promovido por la representación de la que fuera alcaldesa de Albaida del Aljarafe y actual diputada del PSOE Soledad Cabezón, contra el auto inicial de la causa incoada por la supuesta denegación de una licencia de segregación de suelos pese a que, en el pasado, el Ayuntamiento de Albaida habría autorizado licencias en iguales circunstancias. El juzgado ha supeditado a un informe de la Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio "el sobreseimiento de la causa o la imputación" de la exalcaldesa y de otras dos personas más afectadas por la denuncia inicial.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) ha resuelto no tener "por interpuesto" el recurso de reforma promovido por la representación de la que fuera alcaldesa de Albaida del Aljarafe y actual diputada del PSOE Soledad Cabezón, contra el auto inicial de la causa incoada por la supuesta denegación de una licencia de segregación de suelos pese a que, en el pasado, el Ayuntamiento de Albaida habría autorizado licencias en iguales circunstancias. El juzgado ha supeditado a un informe de la Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio "el sobreseimiento de la causa o la imputación" de la exalcaldesa y de otras dos personas más afectadas por la denuncia inicial.

En estas diligencias, motivadas por la denuncia inicial de un exconcejal de Albaida del Aljarafe, figura como imputada la secretaria interventora del Ayuntamiento, María Trinidad M.T. En cuanto a Soledad Cabezón, esta instancia judicial había pedido a la Fiscalía que "informe de qué órgano resulta competente para la instrucción de la causa contra la señora Cabezón". A tal efecto, mediante un recurso de reforma recogido por Europa Press, la representación jurídica de la exalcaldesa y actual diputada nacional avisaba de la ausencia de "acción penal" en tales actuaciones y reclamaba el sobreseimiento de la causa por lo que a Cabezón se refiere.

Pendiente de un informe

No obstante, a través de una providencia librada el pasado 29 de noviembre y recogido por Europa Press, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Sanlúcar expone que, en el marco de las citadas diligencias, ha solicitado a la Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, perteneciente a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, un "informe" sobre los hechos motivo de la mencionada denuncia. "Todavía no se ha dirigido formalmente el procedimiento contra doña Soledad Cabezón y la decisión sobre su imputación y sobre el órgano competente, en su caso, para instruir el procedimiento penal, se ha pospuesto y condicionado a la recepción del informe", señala en esta providencia el juzgado para resolver que "no ha lugar a tener por válidamente efectuada" la personación de la exalcaldesa en la causa y señalando que, a tal efecto, "no puede tenerse por interpuesto el recurso de reforma".

En base al mencionado informe, según esta instancia judicial, "se decidirá sobre el sobreseimiento de la causa o la imputación de las personas antes dichas", en alusión a exalcaldesa, la que fuera secretaria interventora del Ayuntamiento de Albaida del Aljarafe María del Pilar M.G. y Agustín J.P.

La causa

Las diligencias en cuestión, según un auto emitido el 6 de octubre y recogido por Europa Press, obedecen a la denuncia promovida contra Cabezón por un exconcejal, dada la resolución supuestamente emitida el 7 de marzo de 2011 por el Ayuntamiento de Albaida del Aljarafe denegándole supuestamente una licencia de segregación sobre unos terrenos de este municipio aljarafeño. Y es que en su denuncia, esgrime que en los mismos términos, pero en 2004, el Consistorio otorgó presuntamente cinco licencias de similar naturaleza en favor de la compañía 'Sevilla y Navarro Promociones S.L.' e incluso en 2003, hizo lo propio a favor "de otras personas físicas".

A cuenta de tales hechos, el denunciante atribuye a la exalcaldesa al menos un delito de prevaricación. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Sanlúcar la Mayor, de cualquier modo, ha ordenado que la secretaria interventora del Ayuntamiento, María Trinidad M.T., preste declaración como imputada al haber elaborado "el informe sobre el que se cimentó" la supuesta resolución denegatoria de la licencia reclamada por el denunciante. En cuanto a Soledad Cabezón, esta instancia judicial pidió a la Fiscalía que "informe de qué órgano resulta competente para la instrucción de la causa contra la señora Cabezón".

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