Cada año se inscriben en este registro una media de 85 canes. Según los datos del Área de Medio Ambiente del Consistorio, la mitad de los perros incritos en este censo hasta el 15 de mayo eran Rottwailer. El 20,5%, Pittbull; el 5%, American Staffordshire terrier; el 4,8%, Bull terrier; el 4,7%, Boxer, y el 15% restante, de razas como Presa canario, Akita inu, American Pitbull o Bullmastiff.
Las claves de la ley
¿Qué perros?: La ley incluye los Pitbull terrier, Staffordshire bullterrier, American Staffordshire terrier, Rottweiler, Dogo argentino, Fila brasileño, Tosa inu y Akita inu, así como sus cruces. También los que tengan envergadura y fuerza capaz de dañar o causar la muerte a personas u otros animales.
Licencia obligada: Es individual para la persona que cuida y pasea al animal. Es necesario ser mayor de edad, no tener antecedentes penales, contar con seguro de responsabilidad civil y certificado de aptitud psicológica.
Infracciones: Muy graves (de 2.400 a 15.000 €): el abandono, tenerlos sin licencia o entrenarlos para potenciar su agresividad. Graves (300 a 2.400 €): dejarlo suelto en sitios públicos. Leve: cualquier otro incumplimiento de la ley.
Detalles curiosos: En los espacios públicos, habrá que llevarlos sujetos con correa no extensible de menos de dos metros y el bozal puesto. La misma persona no puede pasear más de uno de estos perros a la vez.


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