Inadimitido el recurso de I-E contra el acuerdo que proclamó la candidatura de Derecha Navarra en Garínoain

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha inadmitido el recurso interpuesto por Izquierda-Ezquerra contra acuerdo de la Junta Electoral de Tafalla por el que se proclamó la candidatura presentada por Derecha Navarra y Española en Garínoain.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha inadmitido el recurso interpuesto por Izquierda-Ezquerra contra acuerdo de la Junta Electoral de Tafalla por el que se proclamó la candidatura presentada por Derecha Navarra y Española en Garínoain.

El TSJN explica que sólo están legitimados para recurrir los candidatos proclamados y no proclamados, los representantes de las candidaturas concurrentes en la circunscripción y los partidos políticos, asociaciones, federaciones y coaliciones que hayan presentado candidaturas.

La candidatura de Izquierda-Ezquerra, razonan los magistrados, ni concurrió ni se presentó en Garínoain, por lo que "la conclusión evidente y nacida del imperio de la ley no es otra que la de la falta de legitimación para impugnar judicialmente el acuerdo de la Junta Electoral de Tafalla".

I-E presentó el recurso después de vecinos de esta localidad, como expusieron recientemente, "pidieran apoyo" a los partidos políticos para mostrarles su malestar por que en las pasadas elecciones del 20 de noviembre Derecha Navarra se hiciera con la Alcaldía al obtener el 5,6 por ciento de los votos emitidos, es decir, 18 frente a 305 votos en blanco.

Según recoge ahora la sentencia judicial, el Ministerio Fiscal solicitó que se inadmitiese el recurso por "falta de legitimación de la parte actora (I-E)".

Los magistrados señalan que Izquierda-Ezkerra "ni concurrió ni se presentó a sufragio" en Garínoain, algo que considera "incontestable". Añaden que "ni tiene candidato proclamable ni proclamado, ni representante de su candidatura que concurriera en esta circunscripción, ni presentación de candidatura alguna en la misma".

Por ello, se recoge en la sentencia, la coalición tiene "falta de legitimación para impugnar" el acuerdo de la Junta Electoral de Tafalla correspondiente a Garínoain. Contra esta resolución cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, según ha informado el TSJN.

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