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Riba-roja requiere a Litoral del Este la construcción de la ciudad deportiva del Valencia C.F. en Porxinos

El Ayuntamiento de Riba-roja del Túria (Valencia) ha requerido a la empresa urbanizadora del PAI de Porxinos --Litoral del Este-- la construcción de la ciudad deportiva del Valencia C.F. tal y como se establece en el convenio suscrito entre el consistorio y el club de fútbol el 25 de abril de 2005, tras la aprobación definitiva del modificado del texto refundido del Proyecto de Reparcelación Forzosa Sector Mas de Proxinos.

El Ayuntamiento de Riba-roja del Túria (Valencia) ha requerido a la empresa urbanizadora del PAI de Porxinos —Litoral del Este— la construcción de la ciudad deportiva del Valencia C.F. tal y como se establece en el convenio suscrito entre el consistorio y el club de fútbol el 25 de abril de 2005, tras la aprobación definitiva del modificado del texto refundido del Proyecto de Reparcelación Forzosa Sector Mas de Proxinos.

El gobierno local ha publicado este jueves en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) la información pública que contiene la resolución de la aprobación definitiva del modificado del texto refundido del Proyecto de Reparcelación Forzosa Sector Mas de Porxinos, presentado por la mercantil urbanizadora de la parcela, Litoral del Este S.L.

En la resolución, el consistorio de Riba-roja señala que "como refuerzo de la garantía que presta el Valencia C. F. del cumplimiento de su obligación de implantar la Ciudad Deportiva en la forma y plazos convenidos, requerir a Litoral del Este, SL que, con garantía real, afecte registralmente la parcela de equipamiento deportivo a la efectiva construcción de la Ciudad Deportiva del Valencia C. F. dentro del plazo que establece el convenio suscrito" entre ambas entidades.

Asimismo, advierte de que "su eventual incumplimiento conlleve, previa tramitación de expediente de incumplimiento, de forma automática la incautación de la garantía hipotecaria".

Además, señala que Litoral del Este, SL "deberá constituir esta afección registral en el plazo máximo de un mes desde que, aprobada definitivamente la reparcelación, ésta sea firme en vía administrativa.

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