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El dueño de un pub de Nules (Castellón) tendrá que pagar una multa de 1.500 ? por dejar fumar en el local

El propietario de un pub del municipio casellonense de Nules tendrá que pagar una multa de 1.500 euros por dejar fumar en el local, lo que se considera una falta "grave", de acuerdo con la Ley de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y con la norma de Salud Pública de la Comunitat Valenciana.

El propietario de un pub del municipio casellonense de Nules tendrá que pagar una multa de 1.500 euros por dejar fumar en el local, lo que se considera una falta "grave", de acuerdo con la Ley de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y con la norma de Salud Pública de la Comunitat Valenciana.

Así lo publica este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Valencia, ya que el dueño del establecimiento reside en Sagunto, que recoge un anuncio de la Conselleria de Sanidad sobre una propuesta de resolución por incumplimiento de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo.

Según señala el BOP, el pasado 29 de mayo agentes de la Guardia Civil acudieron a un pub de Nules, en cuyo interior encontraron a uno de los clientes fumando, a la vista de la persona que regenta el establecimiento. Asimismo, en el interior de la barra vieron dos ceniceros con varias colillas y, distribuidos por el establecimiento, varias latas de cerveza vacías con colillas y ceniza en su interior.

Esta infracción contiene circunstancias y elementos de juicio suficientes para calificar la falta como "grave", de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 28/2005, y el artículo 83 de la Ley 4/2005 de 17 de junio de Salud Pública de la Comunidad Valenciana.

Por ello se propone una sanción económica de 1.500 euros. El propietario del local tiene un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y presentar documentos e informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento.

Por otra parte, el BOP de Valencia también publica este viernes un edicto de la Dirección Territorial de Sanidad de Valencia sobre un expediente sancionador a un vecino de la ciudad por infringir la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación, se publica en el BOP, y se advierte al sancionado que para conocer el contenido íntegro del acto deberá comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad de Valencia en el plazo de cinco días.

Consulta aquí más noticias de Valencia.

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