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Dinero a cambio de vacaciones

Dinero a cambio de Vacaciones
El descanso vacacional es un derecho irrenunciable. (Archivo)
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Se puede renunciar al periodo vacacional a cambio de una compensación sólo en caso de extinción del contrato.
Cambiar las vacaciones anuales no disfrutadas por una compensación económica es ilegal, siempre que no finalice la relación laboral.

"En la práctica ocurre de todo –explica José Manuel Juzgado, secretario de acción sindical de Comisiones Obreras–. Si se hace, es una irregularidad. Es dinero fuera de control". La ley casi "obliga" a tener vacaciones. De no hacerlo, se pierden y no hay lugar a compensación.

Lo que sí se puede es disfrutar de las vacaciones de un año durante el siguiente. Se suele hacer en Navidad, cuando se consumen días del año que acaba; por ejemplo, a principios de enero. No se pueden coger vacaciones a cuenta del año siguiente.

Datos prácticos

Duración.- Las vacaciones deben ser de al menos 30
días naturales. Comienzan a contar el primer día de descanso. Se puede llegar a un acuerdo para su fraccionamiento. Una de las fracciones debe tener al menos dos semanas consecutivas.

Retribución.- Los días de vacaciones se pagan igual que los de trabajo. La compensación está sujeta a retenciones. El cómputo de las vacaciones se inicia desde el 1 de enero del año en que han de disfrutarse.

Dónde acudir.- Se puede reclamar ante la Dirección de Trabajo o presentar una demanda ante un Juzgado de lo Social, que cuenta con un procedimiento urgente para esta materia. * Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (www.mtas.es), Unión General de Trabajadores (www.ugt.es), Comisiones Obreras (www.ccoo.es).

Vacaciones por narices

Según la Constitución, las vacaciones son un derecho que los poderes públicos deben garantizar.

Entonces, ¿puede un trabajador renunciar a ellas? «Las vacaciones son un derecho irrenunciable.

El empresario está obligado a darlas y el trabajador a disfrutarlas", señala Jesús Pérez, secretario de empleo y protección social de UGT. La legislación impide, además, realizar en vacaciones otra actividad remunerada, al menos con contrato. "Podría ser causa de despido o, al menos, de sanción".

A QUÉ ATENERSE

Hay compensación...

Cuando la relación laboral concluye antes de disfrutar de las vacaciones anuales. Se remunera a razón de dos días y medio por mes trabajado ese año.

Cuando, tras un periodo de incapacidad temporal, el trabajador causa baja por jubilación sin haber disfrutado de las vacaciones correspondientes.

No hay compensación...

Ni prolongación o aplazamiento cuando en el periodo de descanso comienza una situación
de incapacidad temporal.

Maternidad.

Cuando la situación del trabajador es de invalidez permanente absoluta.

Cuando se concluye el año natural de baja y quedan vacaciones.

3 Comentarios
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Dice ser CURRANTE PRINGAO
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Dice ser CURRANTE PRINGAO, 16.05.2006 - 12.15h

Bla, bla, bla....Que bonita es la teoría. Con lo chungo que esta el curro, ¿quién pide vacaciones? y ¿A QUIEN SE LAS PAGAN?

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Dice ser Paula V.A.
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Dice ser Paula V.A., 24.05.2006 - 22.56h

Sin Vacaciones por mi empresa.... que puedo hacer???

Estoy contratada para Indra por una ETT - Gestium, y en nuestro contrato (24 personas trabajando en un proyecto) tenemos la cláusula que nuestra hora es de 7.60 euros que están prorrateadas los festivos, pagas extras y vacaciones y con 30 días anuales de vacaciones. Cuando firmamos el contrato nos comunicaron que tendríamos vacaciones pero no pagadas, cosa que firmamos y aceptamos, pero ahora nos dicen que para tener derecho a las vacaciones tenemos que firmar una baja voluntaria, perdiendo todos los derechos laborales (finiquito, etc.), o pagándonos nosotros nuestra seguridad social, porque dice la Sra. Eladia de Gestium, que el cliente ha firmado esto, estamos por el convenio del Metal-siderometalúrgica, y queremos saber si esto es legal, o algunas de las dos la ETT o Indra nos esta engañando, nos sentimos engañadas porque antes de firmar el contrato nos dijeron que si tendríamos vacaciones, no pagadas pero sin la necesidad de darnos de baja ni de pagar la S.S., me siento engañada....por favor nos gustaría leer vuestra respuesta algunos de estos días que vamos al trabajo, antes que nos vayamos al paro... muy agradecida yo y las chicas de parque...

(POR FAVOR ESTA CARTA ES PARA EL FORO - CUENTANOS TU PROBLEMA CON EL TRABAJO- PERO NO HE PODIDO DESCUBRIR COMO ENVIARLA, AGRADECERIAMOS QUE ESTA CARTA SE PUBLIQUE CON UNA RESPUESTA DE VUESTROS ABOGADO). GRACIAS.

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Dice ser jesus antonio perez merino
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Dice ser jesus antonio perez merino, 03.08.2008 - 16.19h

toy de vacaciones y trabajo de guarda en una fabrica llevo 7 años y lafabrica los ultimos 2 años ya no funciona,he cojido ahora 20 dias de vacaciones y me ha llamado la empresa estando de vacaciones para firmar un contrato este lunes 4/8/08,llevo desde el2001 sin firmar un contrato y meparece mu raro viendo como ta la fabrica ke no funciona y ke em llamen en vacaiones para firmar un contrato mi pregunta es si s epuede firmar contratos estando en vacaiones o hay ke repsetar las vacaciones y luego cuando este trabajando firmar el contrato,por ke de ellos no me fio porke todo los meses al cobrar la nomina meponen menos ,por ejemplo teng ke cobrar 900 euros po me ponen en nomina 800 y ekl resto 100 me lo dan en sobre o en un cheke,cosa ke me enfado ocn ellos y algunas evces tal enfado ellos an aremetido poniendoem menso horas d etrabajo y cobrando poko,creo ke es injusto porke nos obligan a firmar papeles,y ke ala hora d ecobrar elparo elperjudicado es uno,tengo un contrato obra o servicio detrminado,y me parece raro ek me llamenen vacaiones para firmar un contrato cuando desde el 2001 no firmo,si firmo el contrato y al cabo de 5 meses me hechan ke em darian finikito desde el ultimo contrato ke firme o desde el dia ke empeze a trabajar?pienso ke mekieren hacer firmar el contrato para ahorrarse un buen dinero,despues em pagan la hora a 4,20 y hechamso los fin de semanas 12 horas ke nos lapagan igual la hora siendo horas extras como festivos ,la empresa es jampe s.l. esta en chiclana de la frontera en calle solano n13 y k eno pone en las oficinas jampe sino seguridad escualo,tambien deciros d eke tengo laplaca de seguridad desde laño pasado cosa ek ellos lo saben y cosa ke ellos em dijeron ke no contaba conmigo como vigilante,y ellos tan clamando de ke em vaya pano darme nada,ya ke l aplaca dura 2 años y si no trabajas con ella t ecumple,bueno perdona por lopesado ke e sido peor necesitaba contarselo a alguien ya ke veo ke muchas empresas abusan muchiiisimo de los trabajadores,desde aki de rota(cadiz) os mando un cordial saludo.

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