Compromís presenta un recurso ante el TC por los acuerdos en relación a la elección de senadores en las Corts

El grupo parlamentario Compromís en las Corts Valencianes ha presentado ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de amparo contra la Mesa de la Cámara por vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas en relación con los acuerdos adoptados sobre la elección de senadores territoriales.
Mónica Oltra
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COMPROMÍS
Mónica Oltra

El grupo parlamentario Compromís en las Corts Valencianes ha presentado ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de amparo contra la Mesa de la Cámara por vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas en relación con los acuerdos adoptados sobre la elección de senadores territoriales.

En el recurso, firmado por los letrados Enric Bataller y Mónica Oltra, también diputada de Compromís, se argumenta que la Mesa de las Corts vulneró el artículo 23 de la Constitución Española, que establece el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos "a través de sus representantes y consagra el derecho de éstos a acceder en igualdad de condiciones a los cargos públicos".

Según Compromís, esta vulneración "se produjo cuando la Mesa acordó el pasado 20 de junio que en la elección de senadores territoriales por las Cortes Valencianas tras las elecciones autonómicas celebradas el 22 de mayo, se fijaba en cinco el número que correspondía designar, y asimismo se establecía que tales cinco senadores se repartirían a razón de tres para el grupo parlamentario popular y de dos para el socialista".

La Mesa inadmitió así mismo un recurso de Compromís en el que esta formación realizaba una propuesta nominal de candidato a senador en representación territorial de la Comunitat Valenciana. Según ha explicado Oltra, "la asignación previa a los grupos del número de senadores desvirtúa el sistema democrático, desvirtúa la proporcionalidad y en definitiva lo que hace es presumir que los diputados votarán aquello que sus grupos dicen rompiendo así el mandato representativo que dice la Constitución frente a un mandato imperativo que la propia Carta Magna prohíbe".

"Por lo tanto nosotros entendemos que se han vulnerado los derechos de los diputados y los derechos de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos porque se aplica una ley profundamente antidemocrática y a nuestro parecer inconstitucional", ha recalcado.

Según se recoge en el recurso al TC, el acuerdo de la Mesa de las Corts Valencianes recurrido por Compromís ha tenido dos "importantes consecuencias prácticas", dado que "restringe indebidamente el derecho de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos (artículo 23 CE)" y no se respeta la proporcionalidad adecuada de la representación.

En el primer caso, ha apuntado que se somete "a una interpretación no favorecedora de la participación que lleva a la Mesa de las Corts Valencianes al fijar en cinco, y no en seis, el número de senadores que deben ser designados por las Corts Valencianes en su presente legislatura, y ello a pesar de reconocer el acuerdo recurrido que, a la fecha de celebración de las últimas elecciones a Cortes Generales (9 de marzo de 2008), la población real de la Comunitat Valenciana ascendía a 5.029.601 habitantes, razón por la que debería corresponderle un senador por su carácter de comunidad autónoma, y otros cinco más, a razón de uno por millón de habitantes de su territorio, hasta completar la cifra de seis".

"En conclusión, los ciudadanos que habitan en la Comunidad Valenciana no serán representados en esta legislatura por seis senadores, como correspondería, sino únicamente por cinco, con lo que evidentemente disminuye el potencial de representación en relación a la población real", manifiesta Compromís.

No se respeta la proporcionalidad

En el segundo supuesto, ha considerado que vulnera el mismo artículo 23 de la Constitución "al no respetarse la proporcionalidad adecuada de la representación, dado que los parlamentarios integrantes del Grupo Compromís han sido indebidamente privados de la capacidad propositiva de personas que consideren idóneas para el ejercicio del cargo, al asignarse los puestos previamente por la Mesa".

Compromís sostiene que la aplicación de este artículo "vulnera el derecho fundamental a participar en los asuntos públicos, porque se ha operado así una restricción, al limitar la capacidad de propuesta de candidatos a solo dos grupos de los presentes en las Corts Valencianes (el Popular y el Socialista), de modo que se excluye la posibilidad de emitir el voto a favor de candidaturas diferentes a las presentadas por los grupos antedichos, con lo que se anula la función representativa de los diputados y se desvirtúa el sentido de su voto".

El grupo recurrente incide en que "no sirve para nombrar a las personas que crean más idóneas sino que viene constreñido únicamente a ratificar el nombramiento previamente impuesto por la Mesa de las Corts contando solo con la voluntad de los grupos mayoritarios, y sin que ni siquiera se haya permitido a los restantes grupos unirse para realizar propuestas conjuntas de candidatos alternativos".

De esta forma, alega que, con esta asignación, "se procede a una presunción del voto que van a emitir los diputados por su pertenencia a uno u otro grupos, anulando el espacio de libertad y secreto de su voto, el derecho a elegir libremente entre las propuestas de los diversos grupos parlamentarios".

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