'La Sala (del Supremo) considera razonable atenerse a la caución que ya ha sido exigida y prestada ante el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid', según reza el auto de cautelares conocido el miércoles.
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El alto tribunal decidió en abril paralizar el proceso de OPA atendiendo ante el recurso de Endesa a la decisión del Consejo de Ministros de dar el visto bueno a la OPA en contra de la decisión del Tribunal de Defensa de la Competencia.
Endesa tuvo que depositar el aval para hacer frente, en su caso, a los posibles perjuicios que la paralización del proceso supusiera para Gas Natural e Iberdrola.
El Tribunal Supremo señaló en su auto que 'se fija en 1.000 millones de euros dicha caución para cuya garantía puede valer el aval prestado ante dicho Juzgado' si las entidades avalistas extienden los efectos del mismo.
El tribunal mercantil justificó la paralización cautelar al considerar que el acuerdo de venta de activos por parte de Iberdrola una vez completada la OPA de la gasista podría ir en contra de la legislación europea.

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