El Congreso ha aprobado este jueves la reactivación por dos años del impuesto de patrimonio propuesto por el Gobierno socialista, gracias al apoyo de PSOE, ERC, IU, ICV, BNG y NaBai y con la abstención de PP, CiU y PNV. La norma prosperó por 176 votos a favor, 166 abstenciones y dos votos en contra, que provenían de un diputado del PSOE y de uno del PP, previsiblemente por equivocación.
La vicepresidenta económica del Gobierno, Elena Salgado, ha justificando el carácter temporal de la recuperación del impuesto porque espera que en la próxima legislatura se pueda desarrollar un impuesto que "grave con más capacidad de conocimiento" toda la "capacidad económica" de los contribuyentes más ricos, y no sólo su patrimonio.
En este sentido, ha admitido que con este decreto el Gobierno "matiza de manera importante" su propia decisión de suspenderlo en 2008, pero ha indicado que ni las circunstancias económicas son las mismas ni tampoco se recupera el tributo con la misma amplitud.
En cualquier caso, Salgado, que ha abandonado el hemiciclo antes de acabar el decreto para participar en la reunión de ministros de Finanzas del G-20, ha recibido las críticas unánimes de la oposición a esta medida que todos los grupos han calificado de "electoralista" e "improvisada" a instancias del candidato socialista Alfredo Pérez Rubalcaba, ausente durante el debate -aunque llegó para la votación-, hecho en el que ha incidido la mayoría de los portavoces.
Aplicación de la tasa
El impuesto, que según el Ejecutivo afectará a 160.000 contribuyentes, multiplica casi por siete el mínimo exento que existía en 2008, hasta 700.000 euros, y duplica el de la vivienda habitual, ya que tributará a partir de 300.000 euros. El Gobierno calcula que si se aplicara por igual en toda España los ingresos llegarían a 1.080 millones de euros anuales, que se recaudarían en 2012 y 2013 con cargo a los ejercicios anteriores.
El tipo del impuesto sobre el patrimonio seguirá oscilando entre el 0,2 y el 2,5 %, dependiendo de la base liquidable que le salga al contribuyente una vez descontado de su capital el mínimo exento de 700.000 euros, a lo que se suma la deducción de 300.000 euros por vivienda habitual.
Para calcular la base liquidable hay que descontar del patrimonio las deudas deducibles, así como las exenciones previstas por ley, entre las que se incluyen la establecida para la vivienda habitual o las previstas para las obras de arte de carácter histórico, entre otras muchas cosas.
El valor de la vivienda habitual se establece atendiendo a la mayor de estas tres cantidades: el precio de compraventa, el valor catastral o el tasado por la administración pública para algunos casos (por ejemplo, el valor otorgado por una comunidad autónoma a un inmueble cuando se liquida el impuesto de sucesión)
Reforma de la Ley Concursal
Por otro lado, ha visto la luz en el hemiciclo la reforma de la Ley Concursal, que impulsará las refinanciaciones de deuda de empresas para evitar que entren en concurso de acreedores y obligará al nuevo Gobierno a plantear soluciones extrajudiciales para resolver la insolvencia de familias.
La reforma de la Ley Concursal establece que los acuerdos de renegociación pactados por una sociedad con la mayoría de sus acreedores podrán imponerse al resto, siempre que hayan recibido el apoyo del 60 % de las deudas y vengan respaldados por el informe favorable de un experto independiente.
De esta manera, se evitan las minorías de bloqueo que han llevado a que muchas sociedades no puedan refinanciar sus deudas y tengan que acogerse al concurso de acreedores, un proceso judicial similar a la antigua suspensión de pagos que termina mayoritariamente en la liquidación de la empresa. La nueva Ley Concursal también favorecerá la aportación de liquidez a empresas en dificultades con el objetivo de frenar esos procesos de insolvencia.
Para paliar la decisión del Ministerio de Justicia de no variar los concursos de acreedores de particulares, los grupos parlamentarios acordaron una disposición adicional por la que el Ejecutivo tendrá un período de seis meses para presentar un informe con medidas que completen "la protección económica y social de consumidores y familias".
De esta manera, se deberán proponer soluciones extrajudiciales que favorezcan, a través de mediadores o de pactos notariales, la renegociación de deudas de las familias, que casi nunca consiguen acordar un plan de pagos con sus acreedores cuando se acogen al concurso de acreedores.


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