El TS decide el día 21 si se modifica o no el nivel de protección ambiental del Algarrobico

Somete a votación y fallo el recurso de la Junta contra el auto del TSJA que suspendió cautelarmente el PORN de 2008 y ordenó la clasificación de 1994
El Hotel Algarrobico
El Hotel Algarrobico
EUROPA PRESS
El Hotel Algarrobico

El Tribunal Supremo (TS) decidirá el próximo día 21 si mantiene la suspensión cautelar parcial del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de Cabo de Gata-Níjar (Almería) que decretó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) al considerar que el nivel de protección dado al paraje de El Algarrobico como "núcleo habitado existente o zona transformada" dejaba la puerta abierta a la rehabilitación de inmuebles con uso turístico y, por tanto, "uso efectivo" del hotel de Azata del Sol con "efecto devastador" medioambiental.

La Junta de Andalucía anunció en noviembre de 2008 la interposición de un recurso de casación contra el auto dictado por el Alto Tribunal andaluz y desde la Consejería de Medio Ambiente se defendió la nueva regulación como "refuerzo de la protección de este espacio natural" que —añadió— permitiría en su momento la demolición del inmueble de 22 plantas y 411 habitaciones que esta mañana ha sido tomado por Greenpeace en una acción con la que insta a Gobierno central y administración autonómica a un compromiso de derribo del hotel.

Fuentes judiciales han trasladado a Europa Press que la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TS someterá a votación y fallo el asunto el próximo día 21. El ponente de la sentencia será el magistrado Jesús Ernesto Peces Morate, al que acompañan en el tribunal los magistrados Mariano de Oro Pulido, Jorge Rodríguez-Zapata, Rafael Fernández Valverde, Eduardo Calvo Rojas y María del Pilar Teso.

El auto de medidas cautelares acordado por el TSJA para suspender parcialmente el PORN aprobado en febrero de 2008 ordenaba a la Junta de Andalucía que mantuviese el grado de protección que tenía el paraje de El Algarrobico en la anterior regulación, que se remonta a 1994, según la planimetría publicada en el BOJA en esa fecha tal y como reclamaba Greenpeace en su recurso de apelación.

Precisamente, la categoría asignada al suelo donde se levanta el hotel es objeto de litigio el otro proceso seguido en el Alto Tribunal andaluz después de que un juez de Almería estimase "clamoroso" en un fallo dictado el 5 de septiembre de hace tres años que la zona era "no urbanizable" en contra de lo que sostiene la Administración andaluza, que lo sitúa en zona D2, "incompatible con el uso urbanístico".

"efecto devastador"

El auto por el que el TSJA ordenó la suspensión cautelar parcial del PORN se avino a los argumentos expuestos por el colectivo conservacionista en su recurso ya que, según argumentó el tribunal, la clasificación C3 dada al paraje de El Algarrobico podía "plantear la posible producción de un efecto devastador en relación a la construcción y utilización del hotel promovido por Azata del Sol y que es objeto de diversos procedimientos judiciales.

Desestimó así el criterio esgrimido desde la Consejería de Medio Ambiente que señalaba que el artículo 5.4.3.3 que se refiere a los usos y actividades permitidos en las zonas C3 recogía como "salvedad" las zonas alteradas por la explotación minera y otras zonas degradadas al tiempo que criticó la indefinición de esas excepciones que, a juicio del TSJA, debería tener una "remisión expresa a El Algarrobico".

El auto del TSJA concluía considerando "acertada" la suspensión del PORN en lo referido al sector donde se ubica el hotel para evitar, en el caso de una eventual sentencia estimatoria en el contencioso-administrativo, "gravísimos e irreparables perjuicios al medio ambiente" derivados de la consolidación del establecimiento turístico.

El juez de Almería que ordenó en febrero de 2006 la paralización cautelar de las obras del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico (Carboneras) declaró en una resolución fechada el 5 de septiembre de 2008 la nulidad de la licencia municipal del hotel concedida por el Ayuntamiento de Carboneras. La sentencia aseguraba, asimismo, que la Junta de Andalucía realizó lo que tildaba como "una burda maniobra" para sustituir la planimetría del PORN publicada oficialmente en BOJA en 1994 por otra para "orillar la limitación que imponía" y "permitir de esta guisa" la obra del hotel en terrenos de especial protección.

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