Las empresas de la construcción incluidas desde 2008 en el registro de la Junta deben renovar su inscripción

Las empresas que formalizaron en 2008 su inclusión en el Registro de Empresas Acreditadas como Contratistas o Subcontratistas de Andalucía (REA), un requisito obligatorio desde agosto de ese año, deben tramitar la renovación de la inscripción en dicho registro oficial de la Junta de Andalucía para que ésta no se cancele automáticamente, ya que su periodo de validez caduca a los tres años y se puede renovar por periodos iguales siempre que se solicite en el plazo fijado, es decir, en los seis meses anteriores a su expiración.

Las empresas que formalizaron en 2008 su inclusión en el Registro de Empresas Acreditadas como Contratistas o Subcontratistas de Andalucía (REA), un requisito obligatorio desde agosto de ese año, deben tramitar la renovación de la inscripción en dicho registro oficial de la Junta de Andalucía para que ésta no se cancele automáticamente, ya que su periodo de validez caduca a los tres años y se puede renovar por periodos iguales siempre que se solicite en el plazo fijado, es decir, en los seis meses anteriores a su expiración.

Según ha explicado la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía a través de una nota, la renovación puede realizarse tanto a través de la oficina virtual en Internet como de forma presencial en las ocho delegaciones provinciales de dicha consejería.

Concretamente, la tramitación telemática de las solicitudes de inscripción puede realizarse a través del portal de la Consejería de Empleo www.juntadeandalucia.es/empleo, donde también se pueden obtener los impresos y rellenarlos para ser presentados en el registro de las delegaciones provinciales de forma presencial.

Para inscribirse, las subcontratistas deben acreditar que disponen de "una organización productiva propia, cuentan con medios materiales y personales, han formado a sus trabajadores en prevención de riesgos y disponen de un sistema preventivo", lo que "evita intermediarios innecesarios en el sector y subcontrataciones irregulares".

Según la Consejería de Empleo, este registro, que ya cuenta con un total de 30.939 empresas inscritas, contribuye "en gran medida a que el sector cumpla con la normativa de seguridad laboral", ya que para inscribirse deben acreditar, entre otras obligaciones, que han formado a sus trabajadores en prevención de riesgos y que disponen de un sistema propio de prevención de riesgos laborales.

De la misma manera, la Consejería de Empleo ha subrayado que Andalucía fue "la primera comunidad autónoma que puso en marcha, tanto de forma presencial como telemática, este registro obligatorio", cuya aplicación supone además que, como mínimo, el 30 por ciento de los trabajadores de estas empresas deben ser indefinidos, como establece la ley de subcontratación para el sector de la construcción.

Dicha ley establece una horquilla de entre 2.046 euros y 40.985 euros de sanción grave para aquellas empresas que incumplan su acreditación en el registro, cuantía que aumenta con una horquilla de entre 40.986 euros y 819.780 euros para los casos de trabajos que implican "riesgos especiales".

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