Los acreedores al Racing de Santander disponen de un mes para comunicar sus créditos

Los acreedores del Racing de Santander tienen un plazo de un mes para poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos.
Campo Del Racing
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EUROPA PRESS
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Los acreedores del Racing de Santander tienen un plazo de un mes para poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos.

Así lo señala una comunicación de la Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número uno de Santander, que publica este martes el BOE.

En la comunicación, que recoge Europa Press, se recuerda que por un auto del pasado 8 de julio, se ha declarado en concurso al Real Rácing Club de Santander, Sociedad Anónima Deportiva, conservando éste las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

En la tercera parte de dicha comunicación, se señala que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página web del TSJC.

Finalmente se recuerda que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santander declaró el pasado 8 de julio en concurso de acreedores al Real Racing Club de Santander, después de que la entidad presentara toda la documentación necesaria para acogerse a esta figura jurídica.

En el auto se designaron como administradores concursales al abogado Alejandro Alvargonzález Tremols, al economista Santiago Ruiz Asenjo, y como acreedor a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, "atendiendo a la indudable relevancia de su crédito".

Asimismo, la titular del Juzgado decidió intervenir —no suspender— las facultades de administración y disposición del Club, que quedarán supervisadas por la administración concursal y, en último término, por el Juzgado.

En la resolución, la juez indicaba que "la solicitante ha concluido los últimos ejercicios con unos fondos propios negativos", lo que "permite concluir que se encuentra en situación de insolvencia actual, por estar, ante las circunstancias anteriores, imposibilitada para cumplir sus obligaciones exigibles y para acudir a fuentes económico-financieras en condiciones normales de mercado con el objeto de atender las mismas".

Pasivo superior a 37

Millones de euros

A la hora de dictar el auto, la titular del Juzgado ha tenido que examinar toda la documentación presentada por el Club. Según establece la Ley Concursal, junto a la solicitud de concurso, la deudora debe presentar una memoria explicativa de la historia económica y jurídica del Club, de los motivos por los que se encuentra en situación de insolvencia y de las posibilidades de viabilidad y continuidad de su actividad evitando la desaparición.

Además, un inventario de bienes, con su valor de adquisición y una estimación del valor real actual; y la relación de acreedores que tiene el Club, junto con la cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos. Asimismo, ha tenido que aportar la documentación contable de llevanza obligatoria.

Fruto de ese examen, el auto señalaba que "la lista de acreedores refleja que sobre la solicitante pesa un importante pasivo que supera 37.000.000 euros que se distribuye en su parte sustancial entre la AEAT y los jugadores que integran la plantilla del primer equipo o vinculado con derechos de imagen de éstos".

"El resto de los créditos que conforman la lista de acreedores se corresponden en una importante proporción con deudas ya vencidas o de inmediato o cercano vencimiento. A dichos créditos han de unirse para valorar la efectiva situación patrimonial de la solicitante los que necesariamente se van a ocasionar con carácter inmediato como consecuencia de la continuidad de su actividad, especialmente, su permanencia en la competición deportiva de primera división de fútbol de la Liga de Fútbol Profesional", señala el auto.

Por otro lado, según se extrae de la lista de acreedores aportada, su activo, que se valora en términos de mercado por la solicitante en 44.000.000 euros, está en su mayor parte integrados por derechos vinculados con los derechos federativos de los jugadores que integran la plantilla del equipo de primera división, que fueron pignorados a favor de la AEAT en fecha inmediatamente anterior a la solicitud, "derecho proveniente de la cesión gratuita de terrenos y derechos vinculados con la propia marca que constituye un activo intangible esencial para la continuación de su actividad deportiva", señala el auto.

Una salida ante situaciones de insolvencia

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial recogido en la Ley Concursal que ofrece una salida a quienes se encuentran en situación de insolvencia y no pueden afrontar los pagos a sus acreedores.

Para evitar la multiplicidad de procesos judiciales que éstos pudieran iniciar para reclamar las deudas, se da comienzo a un concurso que agrupa a todos ellos y evita que unos puedan cobrar y otros no. La finalidad del procedimiento concursal es que la empresa pueda llegar a un convenio con sus acreedores, de modo que afronte los pagos en plazos que pueda cumplir y evitar así la liquidación de la entidad.

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