El ánimo de lucro se utiliza como herramienta para cerrar páginas con enlaces a contenidos P2P

La operación denominada “Descargas en la Red”, que se saldó el pasado sábado con la detención de 15 personas y el bloqueo de 17 páginas web, ha avivado la polémica en torno a las redes P2P y la legalidad de su utilización.
Buena parte de las páginas investigadas ya han sido bloqueadas.
Buena parte de las páginas investigadas ya han sido bloqueadas.
20minutos.es
Buena parte de las páginas investigadas ya han sido bloqueadas.

Buena parte de las páginas investigadas ya han sido bloqueadas. Al entrar en algunas de ellas pueden leerse mensajes como "cerrada indefinidamente debido a una denuncia realizada por las entidades de gestión de derechos de autor".

En concreto, no se trata de detenciones a usuarios de Internet por utilizar las redes P2P, ni siquiera por incluir enlaces a programas de intercambio de archivos. La denuncia se basa en que las páginas cerradas ofrecían estas descargas con ánimo de lucro. Según la información del Ministerio del Interior recibían 615 millones de visitas y unos beneficios anuales de 900.000 euros en publicidad.

Cómo afecta a los usuarios

Pese a que se trata de la operación más importante llevada a cabo en Europa en este sentido, no tiene porqué afectar directamente a los usuarios de redes P2P.

"El artículo 270 del Código Penal sanciona, como modalidad del delito relativo a la propiedad intelectual, a quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte".

La cuestión para los usuarios reside en si el ánimo de lucro incluye el lucro cesante, es decir, el ahorro que supone no pagar para disfrutar del contenido protegido.

Por el momento, los tribunales no han aceptado que descargar música para uso privado incluya ánimo de lucro cesante, lo que deja a los usuarios de redes P2P fuera de la aplicación del artículo 270 del Código Penal.

Si bien la ACAM (Asociación de Compositores y Autores de Música) se ha apresurado a anunciar en su página web que con estas detenciones queda demostrado que el intercambio de archivos P2P sí es delito en España, David Bravo puntualiza en su blog, varias cuestiones que pueden ser de utilidad para el usuario.

Copias "ilegales"

Según datos de la Dirección General de la Policía, la copia de productos musicales destruyó 1.200 empleos directos y provocó una caída en las ventas en el año 2003 que rondaba el 30% respecto a 2001. Un total de 85 pequeñas y medianas empresas relacionadas con la producción y distribución de música tuvieron que echar el cierre durante ese año.

Según sus cifras, el mercado legal de las redes de intercambio de descargas de música ha alcanzado la cifra de tres millones de transacciones, aunque también se menciona la cantidad de 350.000.000 de descargas no de pago en nuestro país a través de Internet.

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