Confirmada una sanción a un hombre sorprendido en una batida de jabalí pese a estar inhabilitado para cazar

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado una sanción de unos 3.000 euros a un hombre que fue sorprendido buscando rastros en una batida de jabalí a pesar de que estaba inhabilitado para obtener la licencia de caza.
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EUROPA PRESS
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado una sanción de unos 3.000 euros a un hombre que fue sorprendido buscando rastros en una batida de jabalí a pesar de que estaba inhabilitado para obtener la licencia de caza.

Según se explica en una sentencia conocida este domingo, los hechos ocurrieron el 29 de noviembre de 2008 en un coto de caza en Lombera, en el tramo de Bezales, donde el hombre estaba buscando rastros ayudado por varios perros.

Tras ser denunciados los hechos por agentes del medio natural, la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad le impuso una multa de 3.005 euros y le volvió a inhabilitar par obtener la licencia de caza por un periodo de un año y un día.

El hombre recurrió a los tribunales alegando que no estaba en el monte, sino dentro de una explotación ganadera, y cuestionando también la resolución de la Consejería porque, a su juicio, se basaba en un expediente administrativo "carente de pruebas" o siquiera de "indicios".

Sin embargo, el TSJC responde que sí hay pruebas de los hechos que se le imputan, entre otras, pruebas fotográficas de las que se deduce que estaba en el monte, dentro del coto de caza, ataviado con ropa de caza y, aunque no llevaba armas, sí portaba radio, llevaba perro y estaba con otros cazadores armados y cerca de puestos de tiro.

La Sala destaca que el hombre era cazador y, de hecho, había sido sancionado previamente y estaba inhabilitado para obtener la licencia, con lo cual, no es una persona "extraña" al mundo de la caza y "sabe cómo buscar rastros con perro, cómo comunicarse y quedar con los otros cazadores y el resto de actividades que se realizan durante una batida".

En cuanto al informe incluido en el expediente sancionador, la sentencia recalca que no se basa en "simples conjeturas" como sostiene el hombre, sino que supone una "prueba cierta" de los hechos imputados. En consecuencia, rechaza el recurso y confirma la sanción impuesta por la Consejería.

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