Abrir
Cerrar
Buscar
cargando ACCESIBILIDAD

El Supremo delibera sobre las alegaciones presentadas contra las candidaturas de Bildu

Bildu presenta alegaciones
El procurador de la defensa de Bildu, a las puertas del Tribunal Supremo para presentar las alegaciones de esta coalición contra la impugnación de sus candidaturas por parte de la Fiscalía y la Abogacía General del Estado. (Víctor Lerena / EFE)
Ampliar

La Sala del 61 del Tribunal Supremo inicia desde las 10.00 h de la mañana de este domingo sus deliberaciones para decidir si admite o no los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra las candidaturas de Bildu para evitar que esta coalición concurra a las elecciones del 22 de mayo.

Bildu presentó poco antes de la medianoche del sábado sus alegaciones a las impugnaciones de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

Según informaron fuentes del Supremo, Bildu presentó "al límite de plazo" sus alegaciones, después de que la Sala del 61 del Alto Tribunal le concediese a esta formación, y a otras tres agrupaciones de electores, un plazo adicional de un día para "garantizar el derecho de defensa", que concluía a las 24 horas de este sábado.

Bildu había alegado indefensión por el escaso plazo del que ha dispuesto para presentar sus argumentos.

Ahora, los 16 magistrados que integran esta sala especial del Supremo tienen de plazo hasta la medianoche de este domingo para tomar una decisión que, no obstante, podrá ser recurrida ante el Tribunal Constitucional, que, a su vez, deberá pronunciarse antes de la medianoche del 5 de mayo, cuando está previsto que comience la campaña electoral.

Análisis de las pruebas y alegaciones presentadas

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado han impugnado las 254 candidaturas de Bildu -coalición integrada por EA, Alternatiba y abertzales independientes- y, mientras que la primera ha recurrido además 18 agrupaciones electorales, los servicios jurídicos del Estado lo ha hecho contra 16, al considerar que son el instrumento utilizado por Batasuna para estar en las elecciones.

15 de los 16 magistrados que integran la sala son los mismos que decidieron sobre Sortu Desde las 10.00 h de este domingo, los magistrados deberán analizar las pruebas aportadas por la Fiscalía y la Abogacía así como las alegaciones presentadas por Bildu y las agrupaciones de electores contra la impugnación de sus candidaturas.

Por un lado, estudiarán las impugnaciones contra Bildu y por otra las de las agrupaciones electorales, de cuyas sentencias serán ponentes los magistrados Manuel Alarcón y Rafael Gimeno Bayón, respectivamente.

Se da la circunstancia de ambos fueron dos de los siete magistrados que se opusieron hace poco más de un mes a la decisión de la mayoría de la Sala del 61 de prohibir la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior.

Los mismos magistrados que en la decisión de Sortu

Los 16 magistrados que integran la sala son los mismos que decidieron sobre Sortu, salvo uno, Jesús Corbal, que esta vez no formará parte de la Sala Especial ya que sustituyó entonces al magistrado O'Callaghan (de la Sala de lo Civil) que se encontraba de baja, pero ya se ha reincorporado al Supremo y participará en la deliberación sobre Bildu.

La división en la Sala del 61 en el caso de Sortu -con 9 votos a favor de prohibir su inscripción como partido y 7 en contra (los de Juan Antonio Xiol Ríos, Gonzalo Moliner, José Manuel Sieira, José Luis Calvo, Alberto Jorge Barreiro, Manuel Alarcón y Rafael Gimeno-Bayón)- podría reproducirse en esta ocasión aunque se desconozca la posición que puede adoptar O'Callaghan, cuyo sustituto, el magistrado Corbal, votó a favor de prohibir la inscripción.

En el caso de que se produjera un empate en las votaciones -8 frente a 8- el Supremo tendría que convocar la denominada "Sala de Discordia", que debe sumar un número impar de magistrados. El número de componentes en ese caso lo tendría que decidir la Sala Especial, así como a quien se elige, si los más modernos o los más antiguos.

Cerrar

Mostrar gráfica

¿Cómo leer la gráfica?

  • Hay tres variables que se distinguen por colores: ECO de 20minutos.es, en rojo; ECO en redes sociales, en verde, y ECO total (una combinación de los dos anteriores), en azul. El usuario puede activar o desactivar cada una de ellas en cualquier momento con los botones que aparecen justo debajo de la representación gráfica.
  • Al pasar el ratón por cada punto de la gráfica aparecerá el valor (en porcentaje) de cada una de las variables que estén activadas en una fecha y una hora concretas.
  • Zoom: Al seleccionar una zona de la gráfica cualquiera, esta se ampliará. Automáticamente aparecerá un botón a la derecha con las letras reset zoom. Pinchando ahí, la gráfica volverá a su posición inicial.

Más información

12 Comentarios
Suscribirse por RSS

Escribir un nuevo comentario

1 Comentario oculto Leer comentario
lork
1
Avatar de lork
lork, 01.05.2011 - 11.11h

    Si hay partidos de extrema derecha que no condenan los crímenes del franquismo, por qué quieren ilegalizar a este que sí ha condenado los crímenes de eta?

    Ya no puede recibir valoraciones +7
    2 Comentario oculto Leer comentario
    ricobali
    2
    Avatar de ricobali
    ricobali, 01.05.2011 - 11.13h

      la cosa esta clara,y no marear la perdiz ,esta gente no debe estar en politica y punto pelota,para q cojones se les esta dando tanta propaganda ,es un insulto a los españoles.

      Ya no puede recibir valoraciones -5
      3 Comentario oculto Leer comentario
      eseivan
      3
      Avatar de eseivan
      eseivan, 01.05.2011 - 11.18h

        Pero otra vez!!!!!!!!!!!!!! pero deanle a esos terrroristas un tiro en la nuca,si lo legalizais tambien podrias llamar para la celebraccion a de juana chaos o a otegi ,llevatelos todos a tu casa ,presidente asqueroso,5 millones de parados sin contar los de los cursos,osea 6 millones y lo que interesa es si biltu o no estara en las eleccfiones,espero que biltu traiga unas buenas maneras e ideas para reduccir el paro,pero lo que traen es reducir a la ciudadania por sus ideales prehistoricos,pero que cabreo tengo con esta gentuza ,a por cierto por ahi sigue cierto pais sin ministros y presidentes y como dios

        Ya no puede recibir valoraciones -5
        4 Comentario oculto Leer comentario
        tyfyytfygty
        4
        Avatar de tyfyytfygty
        tyfyytfygty, 01.05.2011 - 11.25h

          Pues yo les daría el beneficio de la duda

          Ante una acusación, la duda de si es o no culpable brindaría al acusado la posibilidad mantenerse inocente y no ser condenado.

          Ese sería el beneficio de la duda. Dar la oportunidad de probar no ser culpable.
          Es una frase hecha que se utiliza en la vida cotidiana para expresar que no hay que culpar de inmediato a una persona.

          Y en el caso que posteriormente se demuestre que era una trampa se ilegal iza y punto así que no hay que romperse la vestiduras pues habría solución.

          Lo bueno que la decisión la tomaran los jueces que el 99% de la población no tiene ni idea de como se llaman o sus caras ni donde viven lo que libra al Gobierno y la oposicion del papel de malo que da la cara por ellos arriesgandose a quedar fatal ante la opinión publica si fuese una trampa es decir que se reparten los papeles de poli bueno y poli malo

          Y en caso de acierto los méritos se lo llevan los jueces y no el Gobierno por lo que electoralmente se desactiva la cuestión pues hasta el tato sane que el terrorismo se a politicidado

          En cuento que pasaría después si se legalizara y empezaran hacer política pues pasaría que en poco tiempo estarán atrapados en el barrizal que es la política con escándalos de corrupción y neo despotismo como a ocurrido en toda las partes del mundo siempre.

          Ya no puede recibir valoraciones 0
          5 Comentario oculto Leer comentario
          etzekiat
          5
          Avatar de etzekiat
          etzekiat, 01.05.2011 - 12.34h

            Impugnación infundada, de Javier Pérez Royo en El País
            “La necesidad de defender la democracia de determinados fines odiosos y de determinados métodos, de preservar sus cláusulas constitutivas y los elementos sustanciales del Estado de derecho, la obligación de los poderes públicos de hacer respetar los derechos básicos de los ciudadanos, o la propia consideración de los partidos como sujetos obligados a realizar determinadas funciones constitucionales, para lo cual reciben un estatuto privilegiado, han llevado a algunos ordenamientos a formular categóricamente un deber estricto de acatamiento, a establecer una sujeción aún mayor al orden constitucional y, más aún, a reclamar un deber positivo de realización, de defensa activa y de pedagogía de la democracia. Deberes cuyo incumplimiento les excluye del orden jurídico y del sistema democrático.

            La presente ley, sin embargo, a diferencia de otros ordenamientos, parte de considerar que cualquier proyecto u objetivo se entiende compatible con la Constitución, siempre y cuando no se defienda mediante una actividad que vulnera los principios democráticos y los derechos fundamentales de los ciudadanos.

            Tal y como ya se indicaba en la exposición de motivos de la Ley Orgánica 7/2000, de 22 de diciembre (de reforma del Código Penal), no se trata, con toda evidencia, de prohibir la defensa de ideas o doctrinas, por más que éstas se alejen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional.

            Cabe concluir por ello que, sin perjuicio de otros modelos, la presente normativa se sitúa en una posición de equilibrio, conciliando con extrema prudencia la libertad inherente al máximo grado de pluralismo con el respeto a los derechos humanos y la protección de la democracia.

            Esta línea se confirma con el segundo de los principios tomados en consideración, como es el de evitar la ilegalización por conductas aisladas, exigiéndose por el contrario una reiteración o acumulación de acciones que pongan de manifiesto inequívocamente toda una trayectoria de quiebra de la democracia y de ofensa a los valores constitucionales, al método democrático y a los derechos de los ciudadanos”.

            Acabo de transcribir, literalmente, las palabras de la Exposición de Motivos de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos. De ellas se deduce con toda evidencia que lo que se pretende es excluir la violencia de la competición política. Sin violencia se puede defender todo. Con violencia no se puede defender nada. Esta es la finalidad que persigue la norma. Y con ese canon de la violencia tienen que ser enjuiciadas las conductas, a fin de comprobar si pueden participar o no en la competición electoral

            Ya no puede recibir valoraciones +1
            6 Comentario oculto Leer comentario
            etzekiat
            6
            Avatar de etzekiat
            etzekiat, 01.05.2011 - 12.34h

              Esto valía y sigue valiendo para Sortu, ya que todavía no se ha pronunciado sobre su inscripción en el Registro de Partidos el Tribunal Constitucional, pero vale todavía más para Bildu, que no es un partido político sino una agrupación electoral, que al no ser ejercicio del derecho de asociación (art. 22 CE), sino únicamente del derecho de participación política (art. 23 CE), no tiene un canon de constitucionalidad tan exigente.

              ¿Dónde está en los integrantes de las candidaturas de Bildu la “reiteración o acumulación de acciones que pongan de manifiesto inequívocamente toda una trayectoria de quiebra de la democracia y de ofensa a los valores constitucionales, al método democrático y a los derechos de los ciudadanos”? ¿Con base en qué evidencia empírica extraída de la conducta de los ciudadanos integrados en las candidaturas de Bildu se puede concluir que dichos ciudadanos están cometiendo fraude en el ejercicio de su derecho fundamental de participación política al integrarse en dicha agrupación electoral?

              La presunción de constitucionalidad en el ejercicio de los derechos fundamentales es una premisa indiscutida e indiscutible en todo sistema político democrático digno de tal nombre. Se exigen pruebas inequívocas de conductas destructoras de dicha presunción para que un ciudadano pueda ser privado del ejercicio del derecho fundamental. Pruebas de las conductas de los ciudadanos que están ejerciendo el derecho fundamental y no suposiciones más o menos verosímiles.

              La interpretación de los derechos fundamentales y de la legislación de desarrollo de los mismos tiene que ser siempre la más favorable al ejercicio del derecho fundamental de que se trate. Este es otro de los ejes en torno a los que gira la interpretación de los derechos fundamentales tanto por la justicia ordinaria como por la jurisdicción constitucional. Y en este caso la conclusión a la que se debería llegar no puede ser más evidente. No deberían haber sido impugnadas las candidaturas de Bildu.

              Javier Perez Royo
              Catedrático de Derecho Constitucional

              Ya no puede recibir valoraciones 0
              7 Comentario oculto Leer comentario
              Independència
              7
              Avatar de Independència
              Independència, 01.05.2011 - 12.57h

                si eso mismo, la falange se puede presentar i bildu no? k pena de politicos aora por lo k se ve se relaziona la libertad de expresion i la izquierda con el terrorismo k perna

                Ya no puede recibir valoraciones 0
                8 Comentario oculto Leer comentario
                Tío Gilito
                8
                Avatar de Tío Gilito
                Tío Gilito, 01.05.2011 - 13.02h

                  El otro día Cospedal por fin mostró sus cartas y lo que dijo no querer en las listas de Bildu es que no quiere que en ellas haya independentistas vascos.
                  Lo de la violencia y lo de eta no era más que una excusa para evitar que pase como cuando ANV era legal, que ganó 43 alcaldías en su momento y que luego se perdieron para ocupararlas gente del PP...

                  Ya no puede recibir valoraciones +2
                  9 Comentario oculto Leer comentario
                  Tío Gilito
                  9
                  Avatar de Tío Gilito
                  Tío Gilito, 01.05.2011 - 13.05h

                    #1

                    Esperanza Aguirre no ha condenado el franquismo.

                    http://www.publico.es/espana/307192/aguirre-elude-condenar-el-franquismo-pero-carga-contra-la-ii-republica

                    Y de Mayor Oreja que lo llama "tiempo en el que se vivía con extraordinaria placidez" ni te cuento.

                    http://www.20minutos.es/noticia/290641/0

                    Y Fraga que era exministro de Franco no te cuento yo nada con qué de corazón condena el franquismo.

                    XDDD
                    Y luego te sacan juegos disparando a inmigrantes ilegales o pasquines llamando a los rumanos delincuentes "no queremos rumanos, no queremos delincuencia" y no pasa nada

                    Ya no puede recibir valoraciones +4
                    10 Comentario oculto Leer comentario
                    Tío Gilito
                    10
                    Avatar de Tío Gilito
                    Tío Gilito, 01.05.2011 - 13.07h

                      El PP no ha condenado el franquismo:

                      http://terranoticias.terra.es/internacional/articulo/parlamento_europeo_pp_966815.htm

                      http://www.elpais.com/articulo/espana/Mayor/Oreja/niega/condenar/franquismo/Acebes/evita/desautorizarle/elpepuesp/20071016elpepinac_13/Tes

                      http://www.publico.es/espana/307192/aguirre-elude-condenar-el-franquismo-pero-carga-contra-la-ii-republica

                      http://www.youtube.com/watch?v=iFx_S1hK_SA

                      http://www.lasmalaslenguas.es/2008/11/16/el-partido-popular-no-condena-el-franquismo-en-la-union-europea-ni-en-los-ayuntamientos-ni-en-el-congreso/

                      http://www.meneame.net/story/parlamento-europeo-condena-franquismo-excepcion-pp-ultraderecha

                      http://www.netoraton.es/?p=375

                      http://www.kimetz.org/albistea/internazionala/el-parlamento-europeo-condena-el-franquismo-con-el-silencio-del-partido-popular-espanol

                      Lo mejor es eso, que el PP te saca un juego donde dispara a inmigrantes que caen en paracaídas, y por otro lado reparte pasquines donde dicen "no queremos rumanos, queremos seguridad" y luego claro, SORTU tiene que ser ilegalizada porque no rechaza la violencia cosa que han hecho ya mil veces en sus estatutos. Contraviene a la constitución el PP con eso de no discriminar a nadie por su raza pero ¿es ilegalizado?. ¿Ha condenado el PP el franquismo?.

                      Sortu RECHAZA la violencia y el terrorismo de eta en sus estatutos

                      Sobre lo de que SORTU no rechaza la violencia.

                      http://www.publico.es/espana/365481/sortu-rechaza-el-plan-de-eta-para-matar-a-patxi-lopez-y-la-kale-borroka

                      http://www.cuatro.com/noticias/noticias/sortu-rechaza-plan-atentado-patxi-lopez-toda-violencia-eta/20110310ctoultpro_10/

                      http://www.que.es/gente/videos/sortu-rechaza-violencia-incluida-123387.html (Se pueden ver en el video los estatutos).

                      http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/20110208/sortu-rechaza-violencia-eta-sin-ambages-reclama-legalizacion/697026.shtml

                      http://www.noticiasdenavarra.com/2011/03/10/politica/sortu-rechaza-el-intento-de-atentado-contra-lpez-y-otras-presuntas-planificaciones-de-acciones-violentas-de-eta

                      http://www.diariozaragoza.com/__n1943706__Sortu_rechaza_violencia__incluida_la_de_ETA_.html

                      http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20110304/politica/sortu-recuerda-rechaza-todo-20110304.html

                      El PP con FRAGA a la cabeza (ex ministro de Franco) cuando era AP no condenaba el franquismo ni nadie le pidió que lo hiciera, se pudo presentar sin problemas a las elecciones, sin tener que pasar ningún tipo de cuarentena.

                      Se están ilegalizando partidos como en tiempos de Franco. La democracia está herida de muerte. Desengañaros a SORTU la han ilegalizado no por no condenar la violencia, (que sí la ha condenado) sino para que no pase como con ANV cuando fue legal que se llevó muchas alcaldías en el pais vasco con votos. No es lo mismo repartirse el pais vasco entre el PP y el P$OE que hacerlo ya con dos o tres partidos más como ANV o PCTV.

                      Ya no puede recibir valoraciones +1

                      Hemos bloqueado los comentarios y las correcciones de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.

                      Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios

                      cargando

                      Escribir comentario o corrección

                      3000 caracteres pendientes

                      Introduce el número de la imagen (Código de verificación para prevenir envios automáticos).

                      Código seguridad

                      Normas para comentar en 20minutos.es
                      • Esta es la opinión de los internautas, no la de 20minutos.es.
                      • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
                      • Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
                      • Por favor, céntrate en el tema.
                      • Normas y protección de datos