El Gobierno de Canarias lleva al Consejo Consultivo el decreto que regula la asistencia jurídica gratuita

El Gobierno de Canarias ha acordado este jueves solicitar el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo sobre el proyecto de decreto por el que se regulan la composición y el funcionamiento de las comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita de Canarias, así como el procedimiento para su reconocimiento.

El Gobierno de Canarias ha acordado este jueves solicitar el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo sobre el proyecto de decreto por el que se regulan la composición y el funcionamiento de las comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita de Canarias, así como el procedimiento para su reconocimiento.

La nueva modificación propuesta contempla una rebaja lineal del 7,5 por ciento de las retribuciones de los abogados y procuradores del turno de oficio y se encuentra directamente influenciada por la profundidad y persistencia de la crisis económica.

El proyecto de reforma del decreto 57/98 afecta a los módulos y bases de compensación económica de la subvención a abonar por la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad a los colegios de abogados de Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife, Lanzarote y La Palma y a los colegios de procuradores de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.

El contexto actual está dando lugar a un incremento de las personas beneficiarias del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita, así como de los litigios relacionados con cuestiones económicas, lo que está teniendo impacto en el gasto público destinado a su cobertura.

La disminución del crédito presupuestario para el próximo año ha motivado un ajuste de los honorarios a la baja para así poder cumplir con el plan económico-financiero y poder sostener y garantizar este servicio. Esta medida adoptada supondrá un ahorro anual a las arcas de la Comunidad Autónoma de 1.345.379,43 euros.

Tras un proceso de reuniones informativas entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad y los colectivos de abogados y procuradores, se han fijado los criterios sobre las retribuciones que percibirán de la forma más adecuada y menos perturbadora posible para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

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