El PSPV condena la conducta de Calles y cree que debe dar "un paso adelante ejemplarizante"

La agrupación local del PSPV de Castellón ha lamentado y condenado la conducta del edil socialista Juan María Calles, condenado por un delito contra la seguridad vial cometido la madrugada del 19 de marzo tras triplicar la tasa de alcoholemia al volante.
Juan María Calles
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Juan María Calles

La agrupación local del PSPV de Castellón ha lamentado y condenado la conducta del edil socialista Juan María Calles, condenado por un delito contra la seguridad vial cometido la madrugada del 19 de marzo tras triplicar la tasa de alcoholemia al volante.

Según ha informado en un comunicado, el partido "valora positivamente la posterior reacción personal de Calles, pidiendo disculpas por su conducta improcedente", aunque considera que "debe completar su decisión dando un paso adelante ejemplarizante y consecuente con la actividad pública que realiza y con su trayectoria política en Castellón, acorde con las normas éticas de este partido".

El concejal y exsubdelegado del Gobierno ha aceptado una multa de 1.200 euros y 8 meses de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por triplicar la tasa de alcoholemia. Tras la apertura del juicio oral y de que el acusado reconociese como ciertos los hechos de la imputación, el juzgado de instrucción número 3 de Castellón ha dictado una sentencia condenatoria de conformidad contra Calles por un delito contra la seguridad vial, con la reducción de un tercio de la pena solicitada por el fiscal.

La resolución, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), establece como hechos probados que sobre las 04.25 horas del pasado 19 de marzo Calles conducía un turismo con sus facultades psicofísicas disminuidas por la previa ingesta de bebidas alcohólicas.

Así, al circular por la Avenida Jaime I con la calle Puebla Tornesa de la capital de la Plana y con motivo de un control preventivo, fue requerido a fin de someterse voluntariamente a las pruebas de determinación del grado de impregnación alcohólica.

El concejal socialista arrojó un resultado positivo de 0,84 y 0,82 miligramos por litro de aire espirado en primera y segunda pruebas. La sentencia es firme, sin que contra ella proceda recurso alguno.

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