Supermercados Día indemnizará a una menor de Valladolid con casi 3.000 euros tras sufrir una caída

Distribuidora Internacional de Alimentación S.A. (Día) ha sido condenada a indemnizar con casi 3.000 euros a una menor de edad, vecina de Valladolid, como consecuencia de las lesiones sufridas en junio de 2010 en el supermercado que dicha cadena de alimentación posee en el barrio de Pajarillos tras pisar una mancha de suavizante que había en el suelo.
Supermercado DIA
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EUROPA PRESS/DIA
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Distribuidora Internacional de Alimentación S.A. (Día) ha sido condenada a indemnizar con casi 3.000 euros a una menor de edad, vecina de Valladolid, como consecuencia de las lesiones sufridas en junio de 2010 en el supermercado que dicha cadena de alimentación posee en el barrio de Pajarillos tras pisar una mancha de suavizante que había en el suelo.

La resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Valladolid ha sido ahora confirmada por la Sección Tercera de lo Civil de la Audiencia Provincial, con lo que la demanda contra Día ha sido estimada íntegramente y dicha mercantil habrá de abonar a la perjudicada, una menor de etnia gitana con iniciales T.M.L, la cantidad de 2.85912 euros, más los intereses legales devengados, por las lesiones sufridas, además de pagar las costas judiciales, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El accidente se produjo el día 14 de junio de 2010 en el supermercado de Día situado en la calle Águila, cuando la menor resbaló en un líquido viscoso, posiblemente suavizante, que había en el suelo, a consecuencia de la cual la víctima sufrió lesiones que la obligaron a recibir servicio de rehabilitación en la espalda y las cervicales.

Prueba indiciaria

Aunque la mercantil eludió cualquier responsabilidad tras rechazar que la víctima sufriera un accidente en sus instalaciones, la sentencia dictada en primera instancia y, posteriormente, confirmada por la Audiencia de Valladolid apunta que, aunque los únicos testigos de los hechos son la menor y su abuela, existe suficiente prueba indiciaria que no ha sido desvirtuada por Día.

"Existe una conexión temporal entre la caída de la menor, que sucede a media mañana del día 14 de junio de 2010, y su atención en Urgencias a las 14.48 horas y el parte de lesiones correspondiente, donde se diagnostica algia cervical y lumbar", dolencias que, en opinión del tribunal, resultan compatibles con el resbalón mantenido por la parte demandante.

A ello se suman los testimonios de varias empleadas del establecimiento, que reconocieron que el incidente fue puesto de inmediato en su conocimiento, así como de un carnicero que no es empleado de la empresa y que, si bien no vio la caía, explicó que había observado el pequeño revuelo y agrupamiento de varias personas que se produjeron tras el accidente.

Pero, a mayores, la sentencia alude a la declaración de una empleada que en aquel momento ejercía funciones de encargada y que reconoció que cuando acudió al lugar donde se había producido la caída vio una botella de lavavajillas que se había caído al suelo desde un estante y que de la misma había salido una pequeña cantidad de jabón líquido que ella misma se encargó primero de recoger con papel y después limpió con una fregona.

Ante toda esta prueba indiciaria, la sentencia condenatoria recuerda que Día "debería haber evitado la existencia en el suelo de su establecimiento de líquidos tan naturalmente resbaladizos como el jabón".

El abogado de la lesionada, Jaime del Pozo, ha censurado la actitud que la mercantil condenada ha venido manteniendo desde el día de siniestro. "Nos ha llamado mucho la atención el desinterés y el rechazo total de la cadena de supermercados a nuestras reclamaciones iniciales, pues ni se llegó a disponer seguimiento médico de la menor por su entidad aseguradora, ni tampoco sirvió de nada la solicitud de arbitraje que promovimos ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, si bien siempre consideramos que habría de hacerse Justicia, como ha ocurrido finalmente".

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