El médico Eufemiano Fuentes, condenado a un año de prisión por la Operación Puerto

  • El médico, condenado por un delito contra la salud pública, no podrá ejercer la medicina deportiva durante un período de cuatro años.
  • José Ignacio Labarta, en su día segundo director deportivo del desaparecido equipo Kelme, castigado con cuatro meses de cárcel.
  • Yolanda Fuentes, Manolo Saiz y Vicente Belda, absueltos. La sentencia, además, le niega el acceso a las bolsas de sangre a la AMA o la UCI.
  • La jueza admite en su sentencia "riesgo contra la salud de los deportistas" y que varían las cantidades de bolsas de sangre incautadas .
  • Agencia Estatal Antidopaje: "Son medidas positivas, pero no suficientes. La Operación Puerto no ha terminado".
Los imputados en la 'operación Puerto'.
Los imputados en la 'operación Puerto'.
Chema Moya / EFE
Los imputados en la 'operación Puerto'.

Siete años después de que en mayo de 2006 las detenciones del doctor Eufemiano Fuentes y el director deportivo Manolo Saiz desencadenasen y publicitasen la llamada Operación Puerto, un golpe contra una supuesta gran red de dopaje, siete años de idas y venidas, resquicios legales, acusaciones desde el extranjero y también alguna que otra sanción desde fuera (Alejandro Valverde), después de todo este tiempo y un proceso judicial en el que se discernía si se cometió un delito contra la salud pública, la Justicia considera que el doctor canario y José Ignacio Labarta, quien fuera segundo director del equipo Kelme, cometieron un delito.

Fuentes fue castigado este martes a una pena de un año de cárcel y a cuatro años de inhabilitación para ejercer la medicina en el campo del deporte, así como una multa que se desglosa en el pago de 15 euros diarios durante 10 meses; Labarta, colaborador necesario, a cuatro meses de prisión. La doctora Yolanda Fuentes o los directores deportivos Manolo Saiz y Vicente Belda, los otros tres encausados (el cuarto, hematólogo Merino Batres, también implicado, no fue procesado por sufrir una grave enfermedad) fueron absueltos. Las penas de prisión, siendo inferiores a los dos años, no acabarán con ninguno de los dos en la cárcel.

Una sentencia, casi 400 folios, que satisface a muy pocos (la misma cantidad a la que satisface) por los castigos aplicados y por algunas de las decisiones que en ella se toman.  La fundamental, la negativa de la jueza Julia Patricia Santamaría a entregar todas las bolsas de sangre y plasma que fueron incautadas por la Guardia Civil tras las primeras detenciones de Fuentes y Batres. Esgrime Santamaría que la petición expresa de estas bolsas, manifestada por las acusaciones ejercidas por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), la Unión Ciclista Internacional (UCI), el Comité Olímpico Italiano (CONI) y la Federación Española de Ciclismo (RFEC), necesaria para descubrir a todos los clientes del doctor Fuentes, es una injerencia. “Resultarían afectados los derechos fundamentales de terceras personas sin intervención en la causa penal", escribe en referencia a los deportistas. La jueza mantiene el mismo discurso que ya mostró cuando el propio doctor Fuentes jugó la baza de la identidad de sus clientes durante el juicio.

"Se puede cambiar el futuro"

Santamaría, que en su sentencia no admite la posibilidad del “falso testimonio” en las declaraciones de algunos ciclistas y también niega una petición de la Fiscalía Antidopaje del Comité Olímpico Italiano del material informático incautado en su día, aboga por la destrucción de todas las bolsas de sangre. Este punto, solo aplicable cuando la sentencia sea firme y que depende de la presentación de recursos (para lo que las partes tienen diez días), ha generado muchas críticas al ser conocida la sentencia. De esas bolsas, con Eufemiano deshojando la margarita de la confesión y el secreto profesional, permitiría conocer la identidad de otros clientes cuyo nombre o, según también se especula modalidad deportiva, no ha trascendido. La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y, sobre todo, la Agencia Estatal Antidopaje (AEA) ya han anunciado que recurrirán. “Son medidas positivas, pero no suficientes. Para la Agencia no es una sentencia plenamente satisfactoria. La Operación Puerto no ha terminado”, anunció poco después Ana Muñoz, directora de la Agencia Estatal Antidopaje. Todo un “continuará…”.

En su sentencia Santamaría se hace eco de la disparidad de bolsas de sangre incautadas en su día y conservadas actualmente. El Instituto Armado hablaba en su escrito de 96 muestras de concentrados de hematíes, 89 bolsas de sangre entera congelada y 42 muestras de plasma, lo que suman 227 bolsas, mientras que el laboratorio barcelonés recibió 173. “Es cierto que no cuadra numéricamente el número de bolsas que se contaban por la Guardia Civil en el primer oficio de 7 de julio de 2007 con el número de bolsas que finalmente se remiten y se reciben en los sucesivos envíos al Instituto Municipal de Investigación Médica (IMIM)", escribe. Además, Santamaría considera probadas la realización de “extracciones” de sangre “con la exclusiva finalidad de elevar artificialmente el rendimiento físico”, unos hechos que contextualiza temporalmente entre 2002 y 2006 y que, admite, suponen “riesgos contra la salud de los deportistas”. Además, en su escrito se da por hecho que el doctor Fuentes contó con otros dos colaboradores, más allá de Labarta, que no han podido ser identificados. “Estas prácticas no tenían ninguna otra finalidad que el dinero. De manera que los deportistas que fueran su clientes tienen que saber que las prácticas a las que fueron sometidos de manera voluntaria o no pusieron en peligro su salud”, avisaba Muñoz.

La máxima responsable de la AEA adelantó una nueva fase en el proceso en una comparecencia con mucha presencia de medios extranjeros: “Las conductas solo tenían una finalidad: el dopaje deportivo. Estas conductas no eran otra cosa, eran actuaciones que hoy serían delito pero no eran dopaje en 2006. Hoy pueden ser perseguidas desde el punto de vista administrativo y las competencias las va a ejercer la AEA hasta el límite de las posibilidades que la ley nos otorga”. Y añadía: “Yo no puedo cambiar la historia pero sí intentar que el futuro sea distinto. La nueva ley hubiera cambiado el sentido de esta sentencia. Pero eso no es un consuelo. Los hechos se produjeron en 2006, con unas circunstancias concretas determinadas. No teníamos delito de dopaje. Una pena, sí. La historia no la puedo cambiar, pero sí puedo intentar que el futuro sea distinto”.

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