Aprecian indicios de delito para juzgar al valencianista Feghouli

Sofiane Feghouli, centrocampista del Valencia, celebra un gol.
Sofiane Feghouli, centrocampista del Valencia, celebra un gol.
EFE
Sofiane Feghouli, centrocampista del Valencia, celebra un gol.

El juzgado de Instrucción número 14 de Valencia ha apreciado indicios de delito en el comportamiento del jugador del Valencia CF Sofiane Feghouli por conducir sin carné y ha dictado auto de procedimiento abreviado por un presunto delito contra la Seguridad Vial, según ha indicado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en un comunicado.

La decisión del juez se produce después de que la defensa del imputado no haya aportado el permiso de conducir del jugador, ni el certificado oficial que acreditara la vigencia del mismo, tal y como se comprometió a hacer en la comparecencia celebrada el pasado 27 de noviembre, un día después de ser detenido por agentes de la Policía Nacional en una avenida de la ciudad, y que llevó a la suspensión del juicio rápido previsto para ese mismo día.

El juicio rápido a Feghouli por un presunto delito contra la Seguridad Vial, previsto para el 27 de noviembre, no llegó a celebrarse porque en su declaración ante el magistrado instructor el futbolista aseguró ser titular de un carné de conducir francés, que el mismo estaba en vigor y que no había podido aportarlo hasta ahora por tenerlo en su domicilio de Francia.

A la vista de las declaraciones del imputado y de su compromiso de entregar en el juzgado el permiso de conducir, el instructor acordó suspender el juicio rápido previsto para ese día. Las diligencias urgentes (que hubieran permitido el juicio rápido) se transformaron entonces en diligencias previas, que posibilitaban realizar todas aquellas gestiones para comprobar la veracidad de lo alegado por el imputado.

Sofiane Feghouli debía haber entregado en el juzgado el permiso de conducir y un documento oficial emitido por el organismo francés competente que acreditara la autenticidad de ese carné y su vigencia, tal y como él mismo declaró.

Según ha indicado el TSJCV, tal documentación no ha sido aportada al juzgado. Esto ha provocado que la tramitación de la causa continúe su curso normal. El juez ve indicios de delito y da por concluida la instrucción porque entiende que ya se han practicado las averiguaciones necesarias. La causa está abierta por un presunto delito contra la seguridad vial del artículo 384 del Código Penal.

Fin de la instrucción

El auto de procedimiento abreviado pone fin a la instrucción y supone dar traslado al fiscal para que diga si procede el archivo de la causa, la apertura de juicio oral o la práctica de diligencias complementarias.

En el supuesto de que el Ministerio Público entienda que debe celebrarse juicio porque hay indicios de delito, presentará el correspondiente escrito de acusación, en el que realiza un relato de cómo cree que sucedieron los hechos y concreta el delito que imputa al acusado y la pena que solicita para él.

Cumplimentado este trámite, el instructor dictará auto de apertura de juicio oral y dará traslado de la acusación del fiscal al abogado del procesado para que, a su vez, formule el escrito de defensa.

La causa recaerá entonces en un Juzgado de lo Penal, competente para el enjuiciamiento de los hechos. El jugador imputado no podrá beneficiarse de la rebaja de una tercera parte en la pena, rebaja a la que habría tenido derecho de haberse sometido al procedimiento del juicio rápido.

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