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Consultorio sobre...
Laboral
Lunes, 04 de junio a las 13:00h.Bienvenidos a nuestro consultorio sobre asuntos laborales, atendido por los abogados de AVISGAL (http://avisgal.com/).
Podéis dejar aquí vuestras preguntas sobre este tema, y los expertos de AVISGAL se encargarán de dar respuesta a las dudas el lunes 4 de junio entre las 13 y las 14 horas.
Advertencia: La respuesta de AVISGAL se circunscribe a la consulta específica y en relación con los antecedentes e información suministrada en la misma. En ningún caso debe considerarse asesoramiento profesional específico sino orientación jurídica de carácter genérico, siendo siempre recomendable consultar personalmente el caso concreto con un abogado.
Muchas gracias por vuestra participación.
En el consultorio se respondieron 9 preguntas Follow @20m Twitter
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Buenos días. Mi consulta es la siguiente: estoy en mi trabajo (sector de comercio) fija desde marzo de 2006 con contrato de jornada completa. Quisiera saber si ¿podría solicitar una excedencia? ¿de cuánto tiempo máximo? Realmente la empresa, pasado el tiempo de la excedencia, ¿tendría obligación de permitir la reincorporación a mi cargo actual o con las nuevas leyes podría acogerse a alguna situación (pérdida de beneficios, etc..) para no admitirme de nuevo? Durante el período de la excedencia entiendo que yo podría trabajar con contrato en otra empresa sin perjuicio a la excedencia, ¿es así? Saludos y gracias anticipadas.
Silvia López Serra: La excedencia voluntaria es una figura afín a la suspensión contractual durante la cual las partes quedan exoneradas de sus obligaciones recíprocas. Le recomendamos que, en primer lugar mire qué dice el convenio colectivo de aplicación de la empresa sobre el tema de las excedencias y sus requisitos. En cualquier caso, con carácter general señalarle que su duración, en principio, puede oscilar entre los 4 meses y los 5 años, siendo el trabajador quien determina el período de disfrute.
En esta situación de excedencia el trabajador no tiene derecho a reserva del puesto de trabajo sino un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría. -
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Hola. Me contrataron hace más de 2 años para realizar un trabajo en una empresa. El contrato era por obra y servicio con una duración de 2 meses. Como ya he dicho, han pasado mas de 2 años y desde la empresa, no me ha dicho nada más con respecto al contrato. A día de hoy sigo trabajando y cobrando la nomina.
Mi pregunta es la siguiente ¿Cuando se convierte ese contrato por obra en indefinido? ¿Debería estar preocupado al no recibir noticias de mis superiores?Silvia López Serra: El contrato de obra y servicio se concierta para la realización de una obra o prestación de un servicio, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta.
Respecto de la duración indicarle que es por el tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. No obstante, si su contrato se suscribió a partir del 18 de junio de 2010, el mismo, por las reformas laborales operadas, no podrán tener una duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo sectorial de ámbito estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior. -
3
Buenos días. Actualmente tengo un contrato por media jornada en el que por mi sueldo no llego al minimo requerido para hacer la declaración de la renta, me gustaria saber si en caso de empezar con otro trabajo a media jornada estaria obligada a hacer la declaración en caso de no llegar al minimo por tener dos pagadores. Además durante el año pasado no coticé en ninguno de los meses ni cobre la prestación por desempleo, podria hacer la declaración o me saldría sin perdidas ni ganancias teniendo en cuenta que no tengo nada a mi nombre ni ningun alquiler, seria mi primera declaración. Muchas gracias
Silvia López Serra: De forma preliminar indicarle que a efectos de la declaración de la renta se computan la totalidad de los rendimientos del trabajo y en relación con ello señalarle que hay variables en función del número de pagadores y de los rendimientos íntegros. Le aconsejamos que acuda a un asesor fiscal para que analicen su caso de forma detallada y personalizada.
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4
Hola, tengo varias dudas , porque mi jefe me esta haciendo la vida imposible...
Me puede cambiar el horario cuando quiera? Yo estoy yendo de mañanas, y de repente me lo quiere cambiar a mañana y tarde...
Por otro lado, en mi convenio pone que la jornada semanal sera de 39 horas y en mi contrato pone 40, eso es legal?
Ademas, en mi convenio pone que tendremos una paga extra en febrero, del 10% de mi sueldo, pero yo nunca he cobrado esa paga... Es legal eso?
Que puedo hacer?
Muchas gracias!!Silvia López Serra: Respecto de la modificación del horario, señalarle que para que la empresa pueda modificarle el mismo, si lo hace a título individual, debería comunicárselo por escrito con al menos 15 días de antelación alegándole los motivos y las intenciones de la empresa para que Ud. pudiera valorar si quiere acudir a los tribunales o quizás rescindir su contrato (20 días de indemnización, máximo 9 mensualidades).
Respecto de la paga extra, si la misma está fijada por convenio, ud. tendría derecho a cobrarla. Le aconsejamos que busque asesoramiento de forma directa para que analicen su caso de forma personalizada. -
5
Buenos días: Hay empresas que el contrato que te hacen firmar es simplemente:
Un contrato Mercantil. Actualmente es correcto que una empresa te haga este tipo
contrato: donde no te dan de alta en la Seguridad Social y sin tener un sueldo.
En la Nueva Reforma Laboral existente este tipo de Basura.Silvia López Serra: Como dicen los Tribunales, los contratos no son lo que las partes dicen ser sino lo que realmente son. Es decir que si la empresa le hace suscribir un contrato mercantil cuando su relación en realidad es laboral, lo que no es correcto, cuando finalice su relación laboral ud. puede impugnar el cese de la prestación de servicios alegando y probando que en realidad su relación es laboral. Si el juez aprecia su solicitud, aplicará la normativa laboral con las consecuencias legales que ello conlleve.
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6
Hola! Mi consulta es que hace unos meses que he empezado a trabajar en una empresa a jornada completa. En la empresa anterior tenia una reducción de jornada ya que tengo una hija de 5 y otra de 3. Al haberme cambiado ahora de empresa no se si tengo derecho a pedir esa reducción de jornada al tener dos niñas menores de 8 años. ¿Solo se puede pedir esa reducción en la empresa en la que estas contratada cuando das a luz? ¿O, tendria la posibilidad de pedirlo en esta nueva empresa? Muchas gracias!!!
Silvia López Serra: Si cumple los requisitos de la reducción de jornada por guarda legal de menor, en principio, no debería tener ningún problama. Si lo solicita, y la empresa le pone trabas, acuda a un asesor para que, a la vista de la respuesta dada por la empresa, analicen su caso.
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hola. tengo un contrato por obra y servicio con una ett. desde diciembre (sin constar la fecha de la obra y servicio). ¿tengo derecho a dias de vacaciones? ¿esta el contrato en fraude de ley? gracias
Silvia López Serra: Por el tiempo trabajado sí que tiene derecho a disfrutar de vacaciones dentro del año natural correspondiente. Lo que resulta extraño es que en el contrato no conste la fecha del mismo. Hable con la empresa y en función de lo que le digan acuda a un asesor para que le informe de sus derechos en función de su caso concreto.
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Buenos días
Estoy planteandome pedir una excedencia por el cuidado de un menor, solo durante 1 mes, el problema viene que mi empresa se ha acogido a un ERE y no sé si eso me puede perjudicar. Tambien me gustaría saber si es posible empatar la excedencia con mis vacaciones ya que justo son los dos meses en los que los niños se quedan sin colegio. En el caso que me pidiera la excedncia que me tendría qiue pagar la empresa nates de empezar a disfutarla?
Muchas graciasSilvia López Serra: A la vista del ERE que comenta que se ha acogido la empresa, no le recomendamos que se coja una excedencia voluntaria (cuidado con el tipo de excedencia), pues podría implicar el no tener derecho a la indemnización legal que le correspondiera ante una extinción del contrato de trabajo. Dada la complejidad del asunto y la falta de información detallada del caso concreto le aconsejamos que acuda a un abogado laboralista para que le asesore de forma particular.
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Buenos días!! llevo 25 años trabajando en unos grandes almacenes muy conocidos en España y a partir del 1 d Julio quieren q vaya todos los domingos a trabajar cuando yo por mi contrato no los tengo firmados. Me pueden obligar? Muchas gracias
Silvia López Serra: La empresa, para modificar el horario de trabajo, debería con carácter previo seguir un procedimiento que varia en función de si la medida es individual o colectiva. De forma preliminar le aconsejamos que pida a la empresa que le comuniquen por escrito el cambio de horario o jornada y en función de lo que aleguen, acuda a un asesor para valorar las circunstancias del caso concreto.
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Buenas tardes.
¿Que es lo mejor que puede hacer una persona para conseguir empleo a día de hoy en España? ¿Y para mantenerlo?
Preguntas no contestadas


La única pregunta sin respuesta, la mía. Menudo consultorio oye.
Pero bueno, mejor no respondais, si ya nos conocemos que en éste país, o te bajas el pantalón y dejas que te la metan doblada, o no trabajas. O bueno, o buscas enchufe.
estoy trabajando para una empresa de comercial hace mas de dos años y medio con contrato mercantil y hago funciones de laboral le he dicho varias veces a mi jefe que me asegure y me ha dicho que si pero que el me asegura pero que lo tengo que pagar yo puedo denunciarlo
Buenos días me gustaria consultar si yo estoy trabajando en una ett con un contrato de obra y servicio me gustaria saber si yo me voy por que me a salido otro trabajo que me interesa mas y no les doy ninguna día que me voy de hoy y mañana ya no vuelvo , me gustaria saber si tienen derecho a descontarme algún dinero por no a visar con antelación muchas gracias.
Buenos días mi marido trabaja en una empresa desde hace 14 años, su jefe lleva cinco meses sin pagarle. Hemos presentado una demanda de cantidad, pero mi pregunta es: ¿PUEDO SACAR POR TELEVISION A ESE MAL NACIDO, CON FOTO DE SU CASA, DE SUS COCHES, DE SUS NAVES?.
Ya que sus pérdidas son debida a la gran vida que se ha pegado.
¿Tengo yo culpa de la mala administración de su empresa, de sus viajes , de los arreglos de estética de su mujer......?
Quiero que mi caso se haga público en los medios de comunicación.
Esto es un robo a mano armada, y estoy harta de sufrir injusticias.
Podeís ayudarme?
Hola , te puede obligar la empresa a trabajar 9 dias consecutivos a turnos de 8 horas con la nueva reforma laboral?,
buenas,
empece trabajando a media jornada y en teoria hace un mes me cambiaron a jornada completa. Como puedo saber si eso es cierto? pq yo nada firme ni nadie me enseño nada y me da que pensar. gracias
Buen día agradezco tanto de antemano la atención tengo 11 años trabajando en un ente Público con el Status de Contratada con el solo beneficio de mi sueldo como Técnico I y cesta ticket hasta hace 2 años aproximadamente que me hicieron el nombramiento de Coordinador con una compensación extra, funciones que hasta los momentos cumplo, hace unos días cambio de director mi Dirección donde estoy adscrita y me dijo que a partir del siguiente día hábil debía cambiar mi horario. Tengo 8 horas de contratación como todo el personal aquí mi horario desde que ingrese fue de 7am a 1pm que a mi entender son 6 horas corridas el horario que me quieren cambiar es de 8am a 12pm y de 1pm a 3pm que según sigo entendiendo siguen siendo 6 horas laboradas solo que yo las cumplo corridas, soy Tsu. Informática nunca he tenido problema alguno ni notas negativas en mi expediente.
Mi consulta es pueden cambiarme el horario así inesperadamente sabiendo que siguen existiendo incluso en esta misma dirección?, me quieren cambiar de funciones todavía no lo han hecho pero me pueden quitar la compensación económica que percibo por mi nombramiento como coordinadora?. Esto no significa una desmejora incluso tener casi 12 años como contratada cuando el mismo gobierno dice que esa figura debió ser eliminada hace mucho tiempo?
Muy Agradecida
Gladys Lopez