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Consultorio sobre...
Laboral
Lunes, 25 de junio a las 13:00h.Bienvenidos a nuestro consultorio sobre asuntos laborales, atendido por los abogados de AVISGAL (http://avisgal.com/).
Podéis dejar aquí vuestras preguntas sobre este tema, y los expertos de AVISGAL se encargarán de dar respuesta a las dudas el lunes 25 de junio entre las 13 y las 14 horas.
Advertencia: La respuesta de AVISGAL se circunscribe a la consulta específica y en relación con los antecedentes e información suministrada en la misma. En ningún caso debe considerarse asesoramiento profesional específico sino orientación jurídica de carácter genérico, siendo siempre recomendable consultar personalmente el caso concreto con un abogado.
Muchas gracias por vuestra participación.
En el consultorio se respondieron 3 preguntas Follow @20m Twitter
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muy buenas, ante todo daros las gracias por este tipo de consultorías.
Os comento mis dudas:
Tengo una empresa pequeña somos 15 empleado, y uno de ellos en concreto un comercial lleva 6 meses de baja por depresión, y parece que va para largo, el problema biene a partir del primer mes de baja la ventas en su zona se ven resentidas y no me sale rentable mantenerle en el puesto estando de baja y tampoco puedo permitirme contratar a alguien para suplirle mientras se recupera.
Se que es una putada despedirle pero no veo otra solución. como podría proceder a despedirlo y que problemas legales tendría para hacerlo.
un saludo.Silvia López Serra: Es una cuestión que no es posible resolver a través de un foro pues las causas de despido son tasadas, múltiples y variadas y la casuística del caso concreto recomienda que sea analizado de forma detallada por un especialista laboral.
A título enunciativo, señalar que en su consulta comenta que han descendido el volumen de ventas de una zona determinada. Una posibilidad sería analizar la viabilidad de un despido por causas objetivas. No obstante, insistimos, para ello es necesario analizar la documentación contable de la empresa para ver si sería viable por esta causa o no.
A título genérico señalarle que para que la disminución de ingresos o ventas pueda configurar una situación económica negativa propia de un despido objetivo dicha disminución ha de ser real, objetiva, constatable y persistente.
Póngase en manos de un asesor laboral para que, a la vista de la situación concreta, pueda asesorarle de forma individualizada. -
2
Pregunta formulada por josechu57 trasladada al consultorio por los administradores:
Despues de un despido objetivo, me pagaron el 60% y el otro 40% me dijeron que me lo pagaba FOGASA, la cual me lo ha denegado por no cumplir los requisitos.
¿Puedo yo ahora denunciar a la empresa por despido improcedente?, que tiempo tengo para hacerloSilvia López Serra: En el momento actual, no cabe la acción por despido improcedente pues el ejercicio de esta acción está sujeto a un plazo de 20 días hábiles desde que le comunicaron el mismo y cesó en la prestación de los servicios y una vez pasado dicho plazo la acción de despido ya ha caducado.
Le recomendamos que acuda a un especialista laboral para analizar la contestación del FOGASA y, en su caso, valorar la posibilidad de interponer alguna acción. -
3
LLEVO 7 AÑOS TRABAJANDO PARA UNA AGENCIA DE VIAJES EN MADRID CUYOS SOCIOS (ALGUNOS NO TODOS) TAMBIÉN LO SON DE OTRA AGENCIA (OTRA SOCIEDAD DISTINTA CON DISTINTO CIF, DIRECCIÓN, ETC- AMBAS SON PYMES)
HA LLEGADO UN PUNTO EN EL QUE REALIZO LAS LABORES ADMTIVAS PARA AMBAS AGENCIAS POR IGUAL, A PESAR DE QUE MI CONTRATO LO TENGO CON UNA SOLA Y POR TANTO SOLO TENGO UN PAGADOR.
PARA REALIZAR MI TRABAJO NO TENGO QUE DESPLAZARME YA QUE LO HAGO POR "REMOTO" DESDE MI ORDENADOR.
LA PREGUNTA ES: ESTOY OBLIGADA A REALIZAR ESTAS FUNCIONES PARA LA OTRA AGENCIA? O SE PODRÍA DECIR QUE LO ESTOY HACIENDO POR AMOR AL ARTE?
MI DIRECTOR FINANCIERO ME DIJO QUE SI QUE ERA LEGAL Y DEBÍA HACERLO, PERO FRANCAMENTE NO TENGO NI IDEA Y ME GUSTARÍA SABERLO DE CARA A PODER DEBATIR EN CASO DE UNA POSIBLE BAJADA DE SUELDO Y DEMÁS CON MOTIVO DE LA CRISIS.
GRACIAS DE ANTEMANO POR SU AYUDAAntiguo Usuario
21-06-2012 13:55Silvia López Serra: Nuestra recomendación es que de momento recopile todas las pruebas que pueda que acrediten que está trabajando para las dos empresas pues, ante cualquier eventualidad que se pudiera dar en el trabajo en el futuro, tenga la posibilidad de demandar a las dos empresas para las que está prestando servicios de forma efectiva.
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Buenos dias
Me gustaria me contestara a la pregunta que formule el dia 18, Gracias -
En caso de despido ¿La nueva Ley quita la indemnización de los 45 días por año trabajado a los que llevan mas de 10 en una empresa?
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Hola, tengo una duda, a ver si podéis aclarármela. He avisado con 10 días (no 15) que me voy de la empresa y me quieren aplicar un 33% de penalización, pero mi duda es:
Si yo he puesto que mi último día de trabajo es el 01.07.2012 se supone que ya he trabajado todo Junio, por lo que me corresponde la paga de Junio íntegra junto con la paga extra, aparte de las vacaciones. Desde la empresa me dicen que el 33% de penalización se aplica en el total del finiquito, pero el finiquito no debe de incluir la extra ni la paga de Junio porque yo me voy en Julio, verdad? -
Mi pregunta es complicada. Tengo 52 años, 6 hernias discales, fibromialgia y artrosis en algunas zonas de la columna. Hace dos meses recibí una notificación de "No Apto" temporalmente por la unidad de Salud laboral del hospital donde trabajo, se basan segun me dicen de forma verbal en informes psiquiatricos de hace un año, en que deje de ir por motivos personales, ya que fui siempre de motu propio, nunca mandado por esa unidad, y en el desempeño de mis funciones, informe elaborado por la supervisora de la planta donde trabajaba, y que a su vez se basa en comentarios de compañeras.
La medicación que tomo para aliviar el dolor me produce efectos secundarios tales como perdida de memoria, dificultad de concentracion, y lentitud en general, no solo mental sino fisica, con lo cual no puedo realizar mi trabajo con la rapidez de las demás. En un sistema donde se prima la productividad sobre la calidad, yo no intereso. No se que quieren hacer conmigo, pero yo estoy tan cansada de intentar adaptarme a un servicio, luego a otro, y a otro y parece que en ninguno encajo.
Mi pregunta es si con esas patologias de base, los transtornos de la medicación, los transtornos spiquicos, y alguna que otra cosilla mas que no menciono para no alargar esta consulta, ¿es probable conseguir una invalidez total permanente?. Ya no puedo más. Ah , me faltan solo dos años para cotizar los 33 que exige la ley.
Aprovechamos para despedirnos del foro. Esperamos haber sido de ayuda y os esperamos en el próximo foro del día 2 de julio.
Silvia López Serra
Preguntas no contestadas

