Condenado a seis meses de prisión por atropellar a un hombre y no socorrerlo

  • La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a seis meses de prisión a un hombre por un delito de omisión del deber de socorro al considerar probado que el condenado atropelló a otra persona, a la que no socorrió y que murió horas más tarde sobre el asfalto. Un fallo que ha sido confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sala confirma íntegramente el fallo emitido por la Audiencia onubense y desestima los recursos presentados por las partes al considerar que en la sentencia apelada "se infiere con meridiana claridad" la participación de este hombre en el citado accidente de tráfico que provocó la muerte de una persona, sin que se detuviera a socorrerlo.

Los hechos se produjeron el 5 de julio de 2012, cuando el condenado circulaba conduciendo su vehículo por la carretera A-5000, en sentido Huelva y, al llegar al punto kilométrico 1,900, irrumpió en la calzada el ciudadano de Mali, S.K. El mismo era "de raza negra, vestía ropa oscura sin distintivos reflectantes y deambulaba en zig-zag por la carretera no iluminada, porque se hallaba afectado por la ingesta de bebidas alcohólicas".

Por ello, el acusado no pudo percatarse a tiempo de su presencia, atropellándolo, aunque el juez entiende que "sí pudo llegar a ver en algún momento del accidente que se trataba de una persona y no de un animal", según señala la sentencia.

En la misma reza a su vez que "para eludir responsabilidades, el acusado dejó de atenderle o llamar a un servicio de emergencias sanitarias, ignorando la gravedad de las lesiones que le podía haber causado". De hecho, la víctima permaneció malherida en la cuneta hasta aproximadamente las 5,30 horas que falleció, descubriéndose su cadáver sobre las 8,30 horas.

Durante la vista oral, el acusado mantuvo que pensó "haber atropellado a un animal, nunca a una persona", sin embargo, el jurado, contando con las pruebas practicadas en el juicio, ha llegado a la conclusión de que "en algún momento del atropello éste debió ver que se trataba de una persona, pues si bien es cierto que el peatón irrumpió de repente en la calzada, también lo es que al ser atropellado debió ver al hombre que golpeó sobre el lado derecho del parabrisas del vehículo, arrastrando en su caída el espejo retrovisor exterior".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento