El juicio por la 'Comfort letter' se celebrará en la Audiencia de Valladolid en torno al mes de abril de 2018

  • VALLADOLID, 7 (EUROPA PRESS)
El ex alcalde de Valladolid, Javier León de la Riva.
El ex alcalde de Valladolid, Javier León de la Riva.
EUROPA PRESS
El ex alcalde de Valladolid, Javier León de la Riva.

El juicio por el denominado 'caso de la Comfort Letter' contra el ex alcalde de Valladolid, el 'popular' Francisco Javier León de la Riva, y los ya ex ediles Alfredo Blanco y Manuel Sánchez, compartirán banquillo en un juicio que se celebrará en la Audiencia Provincial en torno al mes de abril de 2018.

Al menos esas son las fechas que, con carácter provisional, baraja la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid que preside Feliciano Trebolle y que, según informaron a Europa Press fuentes de la misma, estima que si recibiera la causa del Juzgado de Instrucción número 4 antes del próximo mes de diciembre, la vista oral del juicio contra los tres encausados podría celebrarse en torno al mes de abril de 2018, teniendo en cuenta los señalamientos ya existentes hasta final de 2017 y los fijados para primeros del próximo año.

El tribunal sentenciador de esta causa será la referida Sección Segunda, dado que la Cuarta que preside José Luis Ruiz Romero dictó la pasada semana el auto confirmatorio del auto de imputación contra los tres acusados y por ello no podrá encargarse del juicio al estar 'contaminada'.

El exalcalde, Javier León de la Riva, se enfrenta a un total de nueve años de prisión y 33 de inhabilitación por las tres cartas de conformidad suscritas en 2008, 2010 y 2011, todas con naturaleza de aval y la última de ellas que comprometía al Ayuntamiento a aportar 100 millones, el 25% del crédito de 400 que la Sociedad Valladolid Alta Velocidad (SVAV) cerró con un grupo de bancos para financiar la operación del soterramiento.

Al exregidor, a quien, junto con la pena de cárcel y su inhabilitación, la acusación pública interesa una multa de 7.200 euros y la responsabilidad personal subsidiaria conforme al artículo 53 del Códido Penal, se le imputan tres delitos de prevaricación y otros tantos de falsedad documental, mientras que a sus excompañeros de bancada, el ex concejal de Hacienda, Alfredo Blanco, cuya dimisión como edil hizo efectiva el pasado sábado', y al ex edil de Movilidad, Manuel Sánchez, la Fiscalía de Valladolid pide para cada uno de ellos 24 años de inhabilitación, en su condición de entonces integrantes del Consejo de Administración de la SVAV, como autores de tres delitos de prevaricación pasiva o por omisión.

Por su parte, el Ayuntamiento, personado como acusación particular, solicita para León de la Riva una pena de tres años de cárcel y nueve de inhabilitación por falsedad documental y prevaricación administrativa, así como siete de inhabilitación para Blanco y Sández por delito de prevaricación pasiva o por omisión.

En sus respectivos escritos, las acusaciones pública y particular coinciden en que tanto el entonces alcalde de Valladolid como los dos concejales delegados obviaron, de forma deliberada, todo trámite, necesario y no efectuaron comunicación alguna acerca de las garantías que, no previstas en el presupuesto municipal, vinculaban al Ayuntamiento.

De hecho, recuerdan que la 'carta de conformidad' exige de un determinado procedimiento: el informe de la Intervención, en el que se analizara especialmente la capacidad de la entidad local para hacer frente a las obligaciones que se derivaran de dicha carta; la probación del órgano competente que, de estar prevista la operación en el presupuesto, y no superar el 10 por ciento de los recursos ordinarios recogidos en dicho presupuesto, sería el presidente de la Corporación y, de superar estos límites, el Pleno del Ayuntamiento; la autorización del órgano de tutela de la Junta en los casos de existencia de un Plan Económico-Financiero aprobado, o cuando el nivel de endeudamiento superara el 110 por ciento (en 2010, el 125 por ciento), y la anotación de la operación en la Central de Riesgo del Ministerio de Hacienda, por parte del Ayuntamiento.

Los acusadores sostienen que los encausados, conocedores de las exigencias de los bancos, y las consecuencias que para el Ayuntamiento podían derivarse de la asunción de esta obligación, dieron su voto favorable a las condiciones del crédito, entre las cuales, podría decirse que como requisito imprescindible, estaba la firma de la "carta de compromiso", actuando-aunque sólo el alcalde la suscribiera-sin incoar expediente alguno, ni recabar informe de la Intervención o de la Secretaría General y sin conocimiento de la Junta de Gobierno, ni de los técnicos de las concejalías a cuyo frente estaban Blanco y Sánchez, y pese a ello se hizo constar que el Ayuntamiento de Valladolid conocía todos los términos y condiciones.

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